Buenos días
Respecto a los productos inflamables tengo una duda, tenemos un almacen donde almacenamos todos los productos químicos inflamables, a los que aplica la apq1, tenemos sobre 45l ahora mismo, entre pinturas, disolventes, catalizador, liquido de roscar.. Y me llega la duda, me he leído el RD y pone que solo se pueden almacenar 50l sin que te aplique la apq1, pero nose muy bien si son utilizados para el proceso se pueden tener mas almacenados sin que te aplique la apq1 y por lo tanto no tener que hacer proyecto ni papeleos y gastos varios.
Un saludo
Buenos días
Al hacer referencia a los 50L asumo que son productos de clase B, pero no hace referencia a lo que haya almacenado, sino a la capacidad de almacenamiento, por lo que he leido del RD, da igual que tengas almacenados 20L, si tu capacidad de almacenamiento supera los 50L, se aplica la APQ-1. Por otra parte para poder ser una excepción a la aplicación de ésto, se puede tener más almacenado, siempre que el almacén esté integrado en las unidades de proceso, y sea la cantidad necesaria para continuarlo.
