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Agente de Residuos Medioambientales

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(@Highlander)
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Una pregunta, a mi y a mi marido nos faltó encontrar documentación relativa al SELUR y una parte de indicadores, solo habíamos encontrado otra parte muy pobre y claro, no hemos quedado cojos en una buena parte o con idea de cosas que habíamos leído de documentación anterior, anticuada, que justo nos ha hecho equivocarnos en alguna respuesta. Llevábamos meses buscando cosas cada dos por tres y no me considero torpe en la búsqueda por la red pero aquí hemos fallado.
Mi pregunta es, ¿esa documentación de SELUR y de indicadores donde vienen los literales de las preguntas la teníais algunos bastante antes del examen?, antes me refiero a poco después de la convocatoria de la oposición, no a una semana antes. Y si a alguno os la han dado en la academia u os han mandado el enlace ha sido hace poco o al principio?
Gracias


 
Respondido : 27/01/2017 9:27 pm
(@PITPIT)
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PEKENITA;53958 wrote: homologar - sinónimos y antónimos - WordReference.com

homologar y normalizar son sinonimos,

Por querer editar mi mensaje, lo he borrado....
Lo q te quería decir es q yo tampoco sé si hay diferenciacion en los términos, solo q según la ordenanza si q parece q las hay


 
Respondido : 27/01/2017 9:35 pm
 Km79
(@Km79)
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Buenas noches a todos.
Llevo asomandome por aquí desde que salio la plantilla,y pienso q la 45 es impugnable sin duda,mal planteada sin sentido y jugando con algo que muy pocos conocen gracias a ese ACTUALMENTE y espero que sea anulada...
En cuanto a la de los contenedores yo fui uno de los que caí en la trampa de ”verde o gris con tapa naranja” y me lance a por la A en cuanto vi que ponía normalizados tb pero bueno fallo mio aun así creo que semánticamente es valida la opción B y no creo que la anulen.
Me indigna bastante la respuesta de la pregunta 30 esa va a ser mi impugnación mas vehemente,me parece tan clara la opción B que no entiendo que han podido ver los del tribunal....no es lo mismo ESTABLECIMIENTO COLABORADOR que ”ESTABLECIMIENTO QUE GENERA" pilas
La recogida gratuita es para establecimientos colaboradores,generar es producir es bastante claro no,creo que ya lo indicaron en otro comentario.
Bueno Enhorabuena a todos los que habéis hecho una buena prueba y estareis en la siguiente yo creía que iba muy bien preparado y se me dio muy mal estoy en 44 espero q el corte este en menos de 45.
Lo dicho Enhorabuena y a seguir


 
Respondido : 27/01/2017 10:44 pm
 Arco
(@Arco)
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Estimable Member
 

Chicos si tenéis redactado algo sobre la 45 y la 20 me lo pasáis si hacéis el favor.


 
Respondido : 27/01/2017 10:51 pm
 Arco
(@Arco)
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Estimable Member
 

Los establecimientos también generan pilas . Otra cosa sería si pusieran un volumen .
Pero como generar pueden generar 1 .2 .3 ........ pilas


 
Respondido : 28/01/2017 10:10 am
 Km79
(@Km79)
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Arco;53968 wrote: Los establecimientos también generan pilas . Otra cosa sería si pusieran un volumen .
Pero como generar pueden generar 1 .2 .3 ........ pilas

Si esta claro,pero en este caso solicita al ayuntamiento su recogida,si el problema aquí es que se han querido referir a los establecimientos colaboradores en los que todos podemos depositar pilas y su recogida es gratuita pero en su afán comprobado de rebuscar de mas,los han clasificado como establecimientos que generan....y yo creo que en ese caso son productores y por ello deben pagar la tasa


 
Respondido : 28/01/2017 12:00 pm
(@Highlander)
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E1000;53937 wrote: Lo expliqué en su momento, pero no me importa volver a explicarlo.

A mi en un principio si me interesaban estas plazas, cuando presento la instancia la echo con la intención de preparármelas, pero se dan dos circunstancias la primera que compruebo que las plazas son de tarde y de noche, yo tengo dos hijos pequeños y no voy a renunciar a verles crecer. Y la segunda que poco después de haber presentado la instancia salen plazas para Administrativo de las Cortes Generales, y son las que estoy preparando.

Por otro lado tengo amigos y compañeros de facultad, que les he animado a presentarse, les he ayudado en lo que he podido y ya que había perdido las tasas les acompañé al examen.

Ellos si que se han dedicado a estudiar como ********, mientras yo perdía mi tiempo en este foro, al que creo que he aportado bastante información desde hace muchos meses.

Pero creo que ha llegado la hora de dejarlo, y centrarme con la oposición que preparo, que la tengo abandonada desde que hicimos el examen el sábado.

Un saludo y mucha suerte a todos.

E1000, has aportado muchísimo a este foro. Muchas gracias. No sé qué empeño tiene la gente en desacreditar y a no leer el foro desde el ppio para ver quién ha ido poniendo cosas y quién no, cómo y por qué.

Crisis, aquí cada uno hace lo que quiere, en función de la vida que tenga y de sus prioridades, tanto E1000 como tú, no hace falta faltar ni dejar de "dar crédito", has terminado por mosquear a la persona que más ha aportado a este foro. Además, E1000 ni ha puesto las preguntas del examen ni tiene la culpa de tú puntuación. Lo que sí ha hecho ha sido leerse las bases generales y específicas y exponer aquí lo que él ha entendido.


 
Respondido : 28/01/2017 12:17 pm
(@Crisis)
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Arco, aqui nadie discute si los establecimientos generan pilas, que si que las generan, lo que pasa es que si las generan entonces son productores de residuos en este caso residuos especiales y tienen que pagar TASA o de una forma o de otra, pero tienen que pagar de alguna forma, con lo cual eso de GRATIS nanai de la china. Una cosa es que sea establecimiento colaborador y los ciudadanos depositen sus pilas de su uso domestico en un contenedor del establecimiento comercial como si las depositan en la marquesina del autobus, y otra cosa muuy distinta es que ese establecimiento comercial GENERE PILAS, IGUAL A RESIDUOS DE PILAS, o lo que es lo misma esté produciendo él mismo o sea generando pilas (residuos de pilas). No me vale eso que decia E100 de que si no ponía la palabra residuo entonces no estaba claro, porque si me estas hablando de pilas nuevas entonces eres una industria que fabrica pilas que tambien me podría valer como generadora peeeero entonces mas a mi favor que seria productor y si eres productor industrial que fabricas pilas TIENES QUE PAGAR TASAS. En la pregunta pone establecimiento comercial, y la palabra clave que me indigna es GENERA, y la respuesta que dan por valida es GRATIS TOTAL, olvidando Directiva 2004/35/CE y su famoso lema de "QUIEN CONTAMINA PAGA".
Yo voy a impugnar esta pregunta y la 45, ya que son dos clavos que tengo ardiendo, aunque se que no servirá de nada, se sacarán de la manga lo que quieran, pero independientemente de estas 2, hay otras preguntas que estan mal redactadas, parece como si el examen lo redactaron en 5 minutos y con las prisas pues no han cuidado los detalles y la sintáxis.


 
Respondido : 28/01/2017 12:22 pm
 mvap
(@mvap)
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y si eres productor industrial que fabricas pilas TIENES QUE PAGAR TASAS...

Yo creo que si eres industria y generas residuos de pilas, el ayuntamiento no tiene nada que decir...


 
Respondido : 28/01/2017 12:34 pm
 Arco
(@Arco)
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Una pregunta a modo de ejemplo si yo tengo una relojería y género pilas botón tendría que pagar alguna tasa?


 
Respondido : 28/01/2017 1:51 pm
 Arco
(@Arco)
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Estimable Member
 

Es fácil saber la respuesta si tenéis alguna relojería cerca preguntar así salir de dudas perdón salimos


 
Respondido : 28/01/2017 1:57 pm
(@Alexander2)
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Claro que tendrías que pagar tasa si eres un comercio relojero. La habitual de comercio y recepción obligatoria del ayuntamiento. ( salvo demuestres todo lo gestionas por gestor).
El problema es que el productor, también se considera poseedor. Pero eso no significa necesariamente que sea productor - poseedor, colaborador en la recepción de pilas por parte de los ciudadanos.
Puede ser un comercio que genera y produce, y por tanto posee sin necesidad de colaborar en la recogida de pilas de la ciudadanía, aunque lógicamente, colabore, PAGANDO SU TASA en la recogida de sus residuos, incluidas las pilas. 😉


 
Respondido : 28/01/2017 4:06 pm
(@PITPIT)
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Con respecto a la pregunta 30 de las PILAS, os voy a dar mi idea de pq puse gratuita (posiblemente estaré EQUIVOCADO):

Yo creo q un COMERCIO paga la TASA POR LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES....., y esta sirve para que el Ayto. le recoja TODOS los residuos de los que tenga competencias. Por lo tanto el comercio no tiene que pagar POR CADA SERVICIO PRESTADO, que es lo que para mi, esta intentado hacer referencia la pregunta "...........¿DEBERAN PAGAR UNA TASA POR EL SERVICIO PRESTADO?", mi respuesta sería, NO, PORQUE YA PAGA UNA TASA GENERAL, Y CADA VEZ QUE GENERA UN RESIDUO DE LO QUE SEA(P-C, ENVASES......) NO TIENE QUE PAGAR UNA TASA POR ESE SERVICIO PRESTADO EN CONCRETO.
Solo tendria que pagar "tasas" por esos servicios concretos a traves de las AUTORIZACIONES, si fueran cantidades superiores a la diaria normal, o por caracteristicas especiales.......... ARTICULO 36 de la OLEPGR.

Si a todo esto le sumamos el Articulo 44.2 de la OLEPGR, que dice "recogida gratuita".....


 
Respondido : 28/01/2017 5:05 pm
(@Highlander)
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A parte de la palabra generar, dice que quiere que el ayto se las recoja. La pregunta es un caos. Se trataria entonces de solicitar un servicio por lo que debe pagar una tasa. La Trua es independiente ya que esa tasa la paga por su uso catastral y por la recogida de residuos asimilables a urbanos o domiciliarios. En este caso no se sabe el volumen de pilas que genera (como para discernir si la cantidad es asimilable o no a la producida en un domicilio). La pregunta deberia anularse, es confusa.


 
Respondido : 28/01/2017 5:43 pm
(@Alexander2)
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Eminent Member
 

PITPIT;53981 wrote: Con respecto a la pregunta 30 de las PILAS, os voy a dar mi idea de pq puse gratuita (posiblemente estaré EQUIVOCADO):

Yo creo q un COMERCIO paga la TASA POR LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES....., y esta sirve para que el Ayto. le recoja TODOS los residuos de los que tenga competencias. Por lo tanto el comercio no tiene que pagar POR CADA SERVICIO PRESTADO, que es lo que para mi, esta intentado hacer referencia la pregunta "...........¿DEBERAN PAGAR UNA TASA POR EL SERVICIO PRESTADO?", mi respuesta sería, NO, PORQUE YA PAGA UNA TASA GENERAL, Y CADA VEZ QUE GENERA UN RESIDUO DE LO QUE SEA(P-C, ENVASES......) NO TIENE QUE PAGAR UNA TASA POR ESE SERVICIO PRESTADO EN CONCRETO.
Solo tendria que pagar "tasas" por esos servicios concretos a traves de las AUTORIZACIONES, si fueran cantidades superiores a la diaria normal, o por caracteristicas especiales.......... ARTICULO 36 de la OLEPGR.

Si a todo esto le sumamos el Articulo 44.2 de la OLEPGR, que dice "recogida gratuita".....

...........
Mucha suposición sería esa, que seguramente es la que pretendían, para ser una respuesta válida, única y exclusiva, a una prueba OBJETIVA de CONOCIMIENTOS.
Han querido hilar tan fino, que se han patinado.
Por eso mismo la pregunta es incompleta, ambigua, o como resultado de " su exquisitez" existen otras posibilidades, es decir dos respuestas correctas.


 
Respondido : 28/01/2017 6:05 pm
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