Avisos
Vaciar todo

Agente de Residuos Medioambientales

2,134 Respuestas
115 Usuarios
0 Reactions
598.9 K Visitas
(@Maluka)
Respuestas: 13
Active Member
 

Hola, yo también estoy pensando apuntarme a una academia, pero no conozco ninguna recomendable, gracias


 
Respondido : 05/03/2017 2:50 pm
(@cantam)
Respuestas: 62
Trusted Member
 

A ver si alguien opina sobre su academia. Yo he estado en adams por otras opos y más o menos bien , para está use parte de su libro y se quedó escaso no se ahora con los supuestos


 
Respondido : 06/03/2017 8:27 am
 FUCA
(@FUCA)
Respuestas: 35
Eminent Member
 

No registrado;54655 wrote: Estoy totalmente de acuerdo porque al ultimo que aprueba se le pone un 5 y no un 6.66 (se multiplica por 0,..) y al primero un 9.71 y no un 8,... (se multiplica por 1,..). Al hacer media con el segundo examen (donde si de pide un criterio de 5) cada examen tendría un peso diferente, cada pregunta acertada no tendría el mismo peso.........

si puedes contestarme unas preguntas E100 te lo agradecería:

1.¿donde se recoge en el proceso que se aplicara esta formula de calculo? no debería estar anunciado previo al proceso

2.¿no se estaría incumpliendo las bases del proceso?

3.¿ si una persona no se presenta al segundo examen pierde la bolsa de empleo o se le pone un 0 y queda en la posición 201 para la misma?

gracias

Según el apartado 9.1.A) de las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas mediante Resolución de 8 de abril de 2016 del Director General de Recursos Humanos (BOAM nº 57.639 de 14 de abril de 2016), es el Tribunal el que fija el nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación mínima de cinco puntos. Por lo tanto si el Tribunal determina que el 5 se obtiene con 46 preguntas netas acertadas y el 10 se obtiene con las 69 preguntas netas acertadas, el resto de puntuaciones no es mas que la lógica división en fracciones iguales del tramo comprendido entre 46 y 69 preguntas, las cuales se pueden obtener con la formula que ha puesto E1000.


 
Respondido : 06/03/2017 10:44 am
(@E1000)
Respuestas: 234
Estimable Member
 

No registrado;54655 wrote: Estoy totalmente de acuerdo porque al ultimo que aprueba se le pone un 5 y no un 6.66 (se multiplica por 0,..) y al primero un 9.71 y no un 8,... (se multiplica por 1,..). Al hacer media con el segundo examen (donde si de pide un criterio de 5) cada examen tendría un peso diferente, cada pregunta acertada no tendría el mismo peso.........

si puedes contestarme unas preguntas E100 te lo agradecería:

1.¿donde se recoge en el proceso que se aplicara esta formula de calculo? no debería estar anunciado previo al proceso

2.¿no se estaría incumpliendo las bases del proceso?

3.¿ si una persona no se presenta al segundo examen pierde la bolsa de empleo o se le pone un 0 y queda en la posición 201 para la misma?

gracias

Las 2 primeras creo que ya las ha contestado FUCA.

Respecto a la 3. Suponiendo que alguien no se presentara al segundo examen, en el segundo se le pondría la misma nota que a alguien que no superara el corte 0, y se ordenará en la bolsa de interinos según su nota del primero. Solo quedaría en la posición 201 en el caso de que tuviese la nota más baja en el primer examen que no han superado el segundo.


 
Respondido : 06/03/2017 10:59 am
(@E1000)
Respuestas: 234
Estimable Member
 

No registrado;54662 wrote: Hola! Aunque es la primera vez que intervengo, os leo hace mucho.
No pude ir a la apertura de plicas y veo que en la página del Ayuntamiento, no han sacado la lista de aprobados aún, alguien sabe si está publicada en otro sitio, estamos en ascuas!!!!
Por cierto, enhorabuena a todos los que han aprobado.

Las notas aun no están publicadas, aparecerán en el tablón de edictos durante esta semana.


 
Respondido : 06/03/2017 11:04 am
(@E1000)
Respuestas: 234
Estimable Member
 

Por cierto operadores de servicios informáticos abren plicas mañana.

Importante porque es el proceso que iba más retrasado, ahora daría tiempo a que se hiciesen todos los segundos exámenes antes de semana santa, aunque me inclino más por finales de abril.

Fuca en las respuestas a las alegaciones, mismo criterio que con cocineros nombre y apellidos de los que han reclamado, 32 preguntas alegadas, 2 anuladas y las otras 30 rechazadas pero con su contestación correspondiente detallada.

El único Tribunal de estos 4 primeros procesos selectivos con las nuevas bases generales, que no ha querido contestar una por una a cada alegación, el nuestro.


 
Respondido : 06/03/2017 11:07 am
 FUCA
(@FUCA)
Respuestas: 35
Eminent Member
 

E1000;54684 wrote: Por cierto operadores de servicios informáticos abren plicas mañana.

Importante porque es el proceso que iba más retrasado, ahora daría tiempo a que se hiciesen todos los segundos exámenes antes de semana santa, aunque me inclino más por finales de abril.

Fuca en las respuestas a las alegaciones, mismo criterio que con cocineros nombre y apellidos de los que han reclamado, 32 preguntas alegadas, 2 anuladas y las otras 30 rechazadas pero con su contestación correspondiente detallada.

El único Tribunal de estos 4 primeros procesos selectivos con las nuevas bases generales, que no ha querido contestar una por una a cada alegación, el nuestro.

No quisiera iniciar un profundo debate sobre derecho administrativo; pero una alegación es una alegacion, no una reclamacion o un recurso administartivo cuya resolucion deba ser expresa motivada y fundada. Según la Ley de Procedimiento Administartivo en cualquier momento antes de la resolucion se pueden formular alegaciones. Estas deberan ser tenidas en cuenta en la resolucion -dice literalmente la ley- pero en ningun caso deben ser "resueltas" y mucho menos individualizadas. En un Plan General de Ordenacion Urbana -por ejemplo- se pueden llegar a presentar miles de alegaciones (de los tenderos, empresarios, vecinos, asociaciones...). Cuando se aprueba finalmente el Plan de Ordenación desde luego no se contestan las alegaciones, faltaria mas.
Tal y como lo planteais la alegacion no seria si no un recurso mas, reiterativo por otra parte del formulado en su caso ante la Dirección General de Recursos Humanos que suscitaria singulares cuestiones jurídicas : ¿Vincularia su fundamentación a la resolución que en su caso dictara la Dirección General de Recursos Humanos ante un hipotetico recurso adminstartivo ? ¿podría ser contraria a aquella? ¿podría introducir elementos novedosos no suscitados en la fase de alegación?
En fin, que me reitero en mi opinión de que las alegaciones no requieren en ningun caso una resolucion expresa. Y que lo haga un Tribunal determinado no significa que lo haga bien.
No obstante doctores tiene la iglesia.


 
Respondido : 06/03/2017 11:44 am
 Arco
(@Arco)
Respuestas: 149
Estimable Member
 

Sabéis si el año que viene podrían salir más plazas ??


 
Respondido : 06/03/2017 12:33 pm
(@Maluka)
Respuestas: 13
Active Member
 

cantam;54680 wrote: A ver si alguien opina sobre su academia. Yo he estado en adams por otras opos y más o menos bien , para está use parte de su libro y se quedó escaso no se ahora con los supuestos

Yo estoy online con CCOO el temario es lo peor de lo peor y la persona que lo coordina, idem


 
Respondido : 06/03/2017 1:06 pm
(@E1000)
Respuestas: 234
Estimable Member
 

Arco;54691 wrote: Sabéis si el año que viene podrían salir más plazas ??

Hay comprometidas mínimo 55 plazas entre ARMA y EMA para la OEP 2017.


 
Respondido : 06/03/2017 1:07 pm
(@E1000)
Respuestas: 234
Estimable Member
 

FUCA;54685 wrote: No quisiera iniciar un profundo debate sobre derecho administrativo; pero una alegación es una alegacion, no una reclamacion o un recurso administartivo cuya resolucion deba ser expresa motivada y fundada. Según la Ley de Procedimiento Administartivo en cualquier momento antes de la resolucion se pueden formular alegaciones. Estas deberan ser tenidas en cuenta en la resolucion -dice literalmente la ley- pero en ningun caso deben ser "resueltas" y mucho menos individualizadas. En un Plan General de Ordenacion Urbana -por ejemplo- se pueden llegar a presentar miles de alegaciones (de los tenderos, empresarios, vecinos, asociaciones...). Cuando se aprueba finalmente el Plan de Ordenación desde luego no se contestan las alegaciones, faltaria mas.
Tal y como lo planteais la alegacion no seria si no un recurso mas, reiterativo por otra parte del formulado en su caso ante la Dirección General de Recursos Humanos que suscitaria singulares cuestiones jurídicas : ¿Vincularia su fundamentación a la resolución que en su caso dictara la Dirección General de Recursos Humanos ante un hipotetico recurso adminstartivo ? ¿podría ser contraria a aquella? ¿podría introducir elementos novedosos no suscitados en la fase de alegación?
En fin, que me reitero en mi opinión de que las alegaciones no requieren en ningun caso una resolucion expresa. Y que lo haga un Tribunal determinado no significa que lo haga bien.
No obstante doctores tiene la iglesia.

Estamos de acuerdo en que no hay niguna obligación de contestar una por una a las alegaciones, pero tampoco creo que podamos considerar que los otros tres tribunales lo hayan hecho mal, es más creo que lo de ARMA será excepción, en los procesos selectivos del Ayuntamiento de Madrid.


 
Respondido : 06/03/2017 1:15 pm
(@E1000)
Respuestas: 234
Estimable Member
 

Arco;54691 wrote: Sabéis si el año que viene podrían salir más plazas ??

CCOO publicó hace tiempo que había comprometidas 55 plazas entre ARMA y EMA, pero no dejaba claro cuantas de cada una, o cuantas eran de turno libre o de promoción interna.


 
Respondido : 06/03/2017 1:23 pm
 FUCA
(@FUCA)
Respuestas: 35
Eminent Member
 

E1000;54694 wrote: Estamos de acuerdo en que no hay niguna obligación de contestar una por una a las alegaciones, pero tampoco creo que podamos considerar que los otros tres tribunales lo hayan hecho mal, es más creo que lo de ARMA será excepción, en los procesos selectivos del Ayuntamiento de Madrid.

No he dicho "que no haya obligación de contestar"; esto es, que sea facultativo, he dicho que conforme al procedimiento administrativo las alegaciones no se contestan. Simplemente son una especie de sugerencias que hace el interesado a la administración para que esta pueda adoptar con mayor fundamneto su resolucion. Desde este punto de vista losTribunales que se han puesto a contestar las alegaciones una por una y encima publicando los nombres de los alegantes no tienen ni idea del procedimiento, dicho sea esto con todos los respetos.


 
Respondido : 06/03/2017 1:28 pm
 FUCA
(@FUCA)
Respuestas: 35
Eminent Member
 

Ahora bien, que tu crees que las alegaciones se deben contestar. Pues me parece una buena sugerencia para el legislador.


 
Respondido : 06/03/2017 1:29 pm
 Arco
(@Arco)
Respuestas: 149
Estimable Member
 

Gracias majo .
No la tiro aun pero ufff la veo lejos .
Bueno algo bueno voy a sacar que iré sin nervios .


 
Respondido : 06/03/2017 1:30 pm
Página 65 / 143
Compartir:

Con por ACAOnline © 2026