Hola, una fábrica de repuestos agrícolas está sujeta a calificación ambiental?
Muchas gracias¡¡
Hola Francisco,
¿en qué comunidad autónoma se ubicaría?
Un saludo!
Pablo Mtnez
Ambientólogo UMH
Colaborador de CienciasAmbientales.com y ForosAmbientales.com
Hola Pablo, sería en Andalucía. He estado mirando la ley GICA pero no hace un referencia clara a este tipo de actividad.
Muchas gracias
Hola Francisco,
Entiendo que no es un taller de maquinaria agrícola, sino una fábrica de componentes para maquinaría agrícola. ¿Trabajáis con metal? ¿Tenéis algún proceso para el trabajo de metales; embutido y corte, calderería, tratamiento de la superficie de metales y materiales plásticos por proceso electrolítico o químico, fundición, ...?
Un saludo.
Pablo Mtnez
Ambientólogo UMH
Colaborador de CienciasAmbientales.com y ForosAmbientales.com
Hola Pablo, exactamente es un taller/fábrica de componentes para maquinaria agrícola, concretamente se fabricarían y repararían aperos para la maquinaria agrícola. Se maneja metal, embutido y corte. Calderería supongo que se referire a calentar el metal para trabajar con él. Se trabajaría con forja para hacer los aperos agrícolas.
Muchísimas gracias por tu ayuda
Hola Francisco,
Pues con la información facilitada y según lo indicado en Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control am
TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA AAI
EPÍGRAFE 3.3. Instalaciones para la elaboración de metales ferrosos en las que se realice alguna de las siguientes actividades:
a) Laminado en caliente con una capacidad superior a 20 toneladas de acero en bruto por hora.
b) Forjado con martillos cuya energía de impacto sea superior a 50 kilojulios por martillo y cuando la potencia térmica utilizada sea superior a 20 MW.
c) Aplicación de capas protectoras de metal fundido con una capacidad de tratamiento de más de 2 toneladas de acero bruto por hora.
TRÁMITE DE AAU*.: Autorización Ambiental Unificada, procedimiento abreviado.
EPÍGRAFE 13.17. Instalaciones para el trabajo de metales; embutido y corte, calderería en general y construcción de estructuras metálicas siempre que se den de forma simultánea las circunstancias siguientes:
1ª. Que esté situada fuera de polígonos industriales.
2ª. Que se encuentre a menos de 500 metros de una zona residencial.
3ª. Que ocupe una superficie superior a 1 hectárea.
TRÁMITE DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL
EPÍGRAFE 13.20. Instalaciones de las categorías (...) 13.17 (...), no incluidas en ellas.
TRÁMITE DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL
EPÍGRAFE 13.48. Talleres de reparación de vehículos a motor y de maquinaria en general.
Con la información facilitada, esos son los epígrafes y trámites potencialmente aplicables. Tocaría comprobar los condicionantes indicados en cada epígrafe (potencias, ubicación, etc.) para descartar alguno de ellos y quedarnos con el que corresponda.
Un saludo.
Pablo Mtnez
Ambientólogo UMH
Colaborador de CienciasAmbientales.com y ForosAmbientales.com
