estimad@s tod@s,
llevo unas semanitas participando en un foro y quisiera plantear la siguiente cuestión profesional. el enfoque que propongo es ver si entre tod@s se puede resolver este supuesto práctico:
imaginemos que un propietario nos propone el siguiente plan en su terreno:
- crear un rio
- acondicionarlo paisajísticamente
- aprovechar el agua de lluvia
- utilizar las energías renovables
las cuestiones que planteo son:
- qué permisos se necesitarían (locales, comunidad, estatales..
- quien podría firmar el proyecto (ingenierillo, ambientologo, otro...?)
- sería necesario EIA?
- qué otros trámites serían necesarios?
claves:- este supuesto práctico está en marcha y tiene mucho truco, la finalidad es ubicarnos profesionalmente....
un cordial saludo,
josé luis vaquerín
Para empezar habría que definir exactamente qué significa "crear un río". Un río es un curso de agua permanente, y para crearlo lo que hace falta fundamentalmente es eso, el agua. Por lo tanto, la primera cuestión es de dónde va a salir ese agua.
No me vale eso de que va a aprovechar el agua de lluvia, ya que eso es lo que hacen todos los ríos, si tú vas a captar agua de lluvia en unas cantidades tales como para crear un curso permanente es evidente que ese caudal lo vas a detraer de otro río.
O mucho me equivoco o lo que vas a hacer es tomar el agua de otro río o bien canalizar arroyos, en cuyo caso lo que estaríamos haciendo no sería "crear un río", sino desviar un río existente, que es muy distinto.
Yendo a tus preguntas concretas:
- El permiso para desviar un río te lo tendrá que dar la Confederación.
- El proyecto de canalización lo tendrá que hacer, que yo sepa, un ingenierillo de caminillos, canalillos y puertillos, otra cosa es que cuente con un ambientologuillo para pintarlo de verdecillo o que llame a Ned Flanders, pero lo esencial del proyecto es la obra civil (el canal o como quieras llamarlo).
Buena pesca.
Es imposible dar una respuesta, planteando cuestiones como:
"- crear un rio
- acondicionarlo paisajísticamente
- aprovechar el agua de lluvia
- utilizar las energías renovables"
no hay mucho por donde cogerlo, pero lo más espectacular sin duda, lo de "crear un río".
Necesitarías preceder la pregunta con unas cuantas definiciones. A saber qué entiendes por acondicionar paisajisticamente un río o aprovechar el agua de lluvia.
Puffin;11221 wrote: Para empezar habría que definir exactamente qué significa "crear un río". Un río es un curso de agua permanente, y para crearlo lo que hace falta fundamentalmente es eso, el agua. Por lo tanto, la primera cuestión es de dónde va a salir ese agua.
No me vale eso de que va a aprovechar el agua de lluvia, ya que eso es lo que hacen todos los ríos, si tú vas a captar agua de lluvia en unas cantidades tales como para crear un curso permanente es evidente que ese caudal lo vas a detraer de otro río.
O mucho me equivoco o lo que vas a hacer es tomar el agua de otro río o bien canalizar arroyos, en cuyo caso lo que estaríamos haciendo no sería "crear un río", sino desviar un río existente, que es muy distinto.
Yendo a tus preguntas concretas:
- El permiso para desviar un río te lo tendrá que dar la Confederación.
- El proyecto de canalización lo tendrá que hacer, que yo sepa, un ingenierillo de caminillos, canalillos y puertillos, otra cosa es que cuente con un ambientologuillo para pintarlo de verdecillo o que llame a Ned Flanders, pero lo esencial del proyecto es la obra civil (el canal o como quieras llamarlo).
estimado puffin,
gracias por tu respuesta. coincido contigo que lo fundamental es obtener el agua. para crear un río en un terreno privado necesitamos imaginarnos lo grnade que queremos el río. en este caso es de 300 m de longitud x 2 m de anbchura x 1 m de profundidad media.. la cantidad de agua que necesitamos es de aproximadamente 600 m3. una piscina olímpica tiene 2.500 m3 de agua (50x25x2 m )
la pluviometría media (medida experimentalmente a lo largo de los 3 últimos años en la zona ) ha sido de unos 600 ml (el ecosistema es una dehesa del centro de la península ).
el historial pluviométrico de los ultimos 500 años y con un coeficiente de reducción de lluvias del 25% en los próximos 50 años (escenario peor previsto por el ipcc) .
la superficie del terreno del propietario es de 1 ha.
para el tema del canalillo se puede suponer que la profundidad máxima sobre el nivel de la superficie es de 0,5 m, el resto lo obtenemos mediante el aprovechamiento de las curvas de nivel hasta la profundidad máxima de 1 m. con esto se evita la necesidad de licencia de obras, ya que los movimeintos de tierra son menores de 0,5 m ( según las normativas sobre suelo rústico ). por tanto, no existe obra civil... consultar los planes generales de oridenación urbana y acutaciones en suelo r´sutico no protegido
como no es necesario desviar un río, la confederación no tiene nada que ver.
el ingenierillo de canalillos lo podemos sustituir por un paisano que haga una buena zanja siguiendo las curvas de nivel y no superando la profundidad máxima de 0,5 m
termino imaginando a ned flanders haciéndose un río en su finquita.
más cuestiones:
como podemos reutillizar el agua?
podremos utilizar un ambientologuillo para algo más?
qué va a pasar en veranito a 50º C sobre la lámina de agua?
si queremos meter pescaítos y necesitamos el agua fresquita para los huevecillos (los de los pescaítos ; ) y tener la cerveza fría para nosotr@s...
cómo podemos reponer el agua perdida por evaporación? podemos calcular la tasa de reposición diaria?
necesitaríamos otro ingenierillo para que la calcule?
como somos ambientólogos.... seremos capaces de explotar los acuíferos existentes en la zona para rellenar
qué permisos necesitamos para abrir un pozo de < 7.000 m3 año?
si nos sobrase agua..podremos rellenar los acuíferos en los periodos de exceso de lluvias?
gracias de neuvo, por tu participación en este supuesto práctico....
un saludo,
josé luis vaquerín
No Registrado;11241 wrote: Es imposible dar una respuesta, planteando cuestiones como:
"- crear un rio
- acondicionarlo paisajísticamente
- aprovechar el agua de lluvia
- utilizar las energías renovables"no hay mucho por donde cogerlo, pero lo más espectacular sin duda, lo de "crear un río".
Necesitarías preceder la pregunta con unas cuantas definiciones. A saber qué entiendes por acondicionar paisajisticamente un río o aprovechar el agua de lluvia.
estimado usuario anónimo,
confío el post anterior te ayude con los conceptos y definiciones necesarias para "crear un río".
por el acondicionado paisaj´sitico de un río entiendo la recreación de un ecosistema de ribera con todos los factores: curso del rio, tramos, caudales, vegetación de ribera, limmología, pequeña fauna autócotona etc...
como especimen final, podemos imaginarnos unos niñ@s jugando y bañándose en una zona segura.
recibe un saludo,
josé luis vaquerín
Vale, entonces no estás hablando de un río (curso fluyente), sino de un estanque o balsa; la piscina olímpica tendrá 2.500 m3, pero es agua estancada, no tiene nada que ver con un río.
Para los permisos te voy a dar un consejo gratis: revisa la ley de aguas y el reglamento de dominio público hidráulico.
Buena pesca.
No puedo ayudar mucho en el tema de licencias, pero casi estoy segura de que el proyecto es bastante difícil de llevar a cabo.
Estoy de acuerdo con Puffín en que tendrás el problema de hacer "fluir" el agua, y si tiene que fluir tendrá de desembocar en otro curso de agua en el que sí que tiene competencia la confederación.
El mantener el agua durante todo el año será un problema sobre todo en verano ya que la evaporación puede ser importante con lo que perderás futuro caudal y variarás el ambiente de la zona.
La vegetación asociada a la ribera es muy particular porque necesitan humedad ambiental y edafica todo el año. Si no eres capaza de mantener estas condiciones pronto será sustituida por vegetación con menos exigencias y habrás perdido el tiempo y el dinero.
El cauce del futuro río no solo puede hacerlo un ICCP (dejemos de lado los diminutivos), los de montes y forestales también tienen competencias.
La flora y la fauna de la zona se verá fuertemente afectada ya que estás creando una barrera que antes no existía, además de incrementar la humedad relativa de la zona que favorecerá la aparición de enfermedades fúngicas en plantas y puede que animales.
Después de todo esto, sólo me queda una reflexión, en lugar de modificar así el terreno porque no nos esforzamos en potenciar la características de la zona y poco a poco vamos aprendiendo a gestionar mejor el terreno que es una de los problemas en España.
cfsierra;11265 wrote: No puedo ayudar mucho en el tema de licencias, pero casi estoy segura de que el proyecto es bastante difícil de llevar a cabo.
Estoy de acuerdo con Puffín en que tendrás el problema de hacer "fluir" el agua, y si tiene que fluir tendrá de desembocar en otro curso de agua en el que sí que tiene competencia la confederación.
El mantener el agua durante todo el año será un problema sobre todo en verano ya que la evaporación puede ser importante con lo que perderás futuro caudal y variarás el ambiente de la zona.
La vegetación asociada a la ribera es muy particular porque necesitan humedad ambiental y edafica todo el año. Si no eres capaza de mantener estas condiciones pronto será sustituida por vegetación con menos exigencias y habrás perdido el tiempo y el dinero.
El cauce del futuro río no solo puede hacerlo un ICCP (dejemos de lado los diminutivos), los de montes y forestales también tienen competencias.
La flora y la fauna de la zona se verá fuertemente afectada ya que estás creando una barrera que antes no existía, además de incrementar la humedad relativa de la zona que favorecerá la aparición de enfermedades fúngicas en plantas y puede que animales.
Después de todo esto, sólo me queda una reflexión, en lugar de modificar así el terreno porque no nos esforzamos en potenciar la características de la zona y poco a poco vamos aprendiendo a gestionar mejor el terreno que es una de los problemas en España.
estimada cfsierra,
al igual que opina el usuario puffin, para un río es necesario "fluir" el agua, más o menos esto se resuelve de forma sencilla haciendo un circuito cerrado donde el agua circule. con un sistema de purificación de agua se puede mantener las características fisico-químicas del agua para los fines que precisamos.
El mantenimiento de la cantidad de agua a lo largo del verano puede ser un problema importante por las pérdidas por evaporación, en este caso se plantea el aprovechamiento del agua pluvial (ocasional y residual por la disminución de precipitaciones en los meses de verano) y sistemas de aprovechameinto de la humedad del aire (sistemas aplicados en el desierto de atacama en chile (atrapanieblas)) donde se pueden obtener unos rendimientos de 5 l/m2 para un ecosistema de dehesa en el interior de la península.
adicionalmente, se peude obtener agua potable de la humedad del aire con equipos funcionando con energías renovables, más o menos el funcionamiento es el inverso a un aire acondicionado..
La circulación de agua se reduce a dos fases, una de descenso por gravedad y otra de ascenso por bombeo. la energía necesaria para el bombeo puede venir de fuentes renovables. el ruido asociado al bombeo se puede utilizar bombas silenciosas y sistemas de aislamiento acústico en la sala de máquinas.
Las variaciones de caudal se pueden establecer entre varios límites (máximo y mínimo) de forma análoga a los ciclos de estiaje de los rios españoles ocntinentales.
Obviamente, se produce una variación del ambiente en la zona, supongo que esta variación será entendida de forma positiva desde el punto de vista ambiental mejor que la realización de una gran infraestructura viaria..
Como indicas, manteniendo el grado de humedad se puede predecir la evolucion del ecosistema en el tiempo (para ello, sugiero que visites la página del creaf y el programa gotilwa+ sobre evolución de ecosistemas)
Respecto al tiempo y los dineros, la realización de una pequeña canalización con maquina es una actuación de 1 a 2 dias, aporx, siendo la inversión necesaria el coste de la máquina y el operario.
El aislamiento del terreno mediante materiales impermeables (geotextiles aislantes, etc) no es una gran inversión para la longitud del circuito de agua. Las tuberías y bombas son materiales bastante estandarizados que no suponen grandes desembolsos.
Otra de las claves respecto de las competencias o no de los ICCP o similares es que esta actuación se realiza sobre terreno privado y está fuera de las competencias de las confederaciones ya que no se afectan cauces ni cursos de agua existentes ni permanenttes ni temporales, más o menos es lo mismo que tomar la decisión de hacer una piscinita.
La afectación de la flora y fauna será mucho menos afectada que por ejemplo, la urbanización de varios chaletes. incluso si valoramos la afectación podemos entender que este nuevo espacio protegido (por ser propiedad privada) puede ser un pequeño lugar de protección de especies amenazadas 8un pequeño hot spot de 1 ha!!!)
Me apunto a tu refelxión sobre la potenciación de las características de la zona y en este caso y la ubicación se califica como una zona de alto riesgo de desertización según el plan nacional contra la desertización por la erosión y el abandono de las tierras de cultivo.
Agradezco tu participación
josé luis vaquerín
Puffin;11250 wrote: Vale, entonces no estás hablando de un río (curso fluyente), sino de un estanque o balsa; la piscina olímpica tendrá 2.500 m3, pero es agua estancada, no tiene nada que ver con un río.
Para los permisos te voy a dar un consejo gratis: revisa la ley de aguas y el reglamento de dominio público hidráulico.
estimado puffin,
agradeciendo la gratuidad de tu consejo, me es grato informarte que una profunda revisión de las leyes anteriores resulta en una indefinición legal, si atendemos a diversas sentencias del tribunal constitucional se puede entender, más o menos, que el agua que cae en mi terreno es de mi propiedad y no es competecia alguna ni de la confederación ni de ninguna administración siempre y cuando no interrumpa cauce natural temporal o permanente. perdonando la simplificación, es como si pongo un caldero en mi jardín y debo rendir cuentas a la confederación del agua que recojo.
cuanto menos el tema es indefinido por lagunas juridicas y falta de definición en los límites de agua recogida. por ejemplo, si tu tienes un chalete y te apetece recoger el agua de lluvia darías parte a la confederación. y si con el agua te haces una pequeña fuente con un sistema de recirculación de agua...estarías bajo la legislacion de la confederación o aplicarías el derecho constitucional a la propiedad? para hacer ese pequeño jardín necesitarías de un ICCP ?
como se ve...muchas veces las complicaciones que observamos son fruto de las inercias.... y planteo otra cuestión:
alguien tiene un chalete con un gran jardín para probar....? ruego disculpeis la broma
atentamente,
josé luis vaquerín
Este post me recuerda un divertidísimo libro llamado "La pesca del salmón en Yemen", que os recomiendo, y en el que se planteaban estas mismas cuestiones a gran escala.
Hola a todos, creo que el supuesto practico, debe empezar definiendo eso que llamais creación de un río. Un rio no se crea, se puede canalizar las aguas, y por tanto son o acequias o canales, se puede embalsar y por tanto son balsas ya sean para riego o para la regulación del agua potable. Además según donde desemboca dicho "rio", la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucia si sanciona las canalizaciones, zanjas, y demás obras relacionadas con el agua, sobre todo si no desembocan en un curso de agua, por dañar o afectar a especies ya existentes. En el caso de Andalucia, las aguas son competencia de la propia Consejería de Medio Ambiente, concretamente en la Agencia Andaluza del Agua.
Insisto en que un río no es un circuito cerrado, sino un curso fluvial que recibe sus aportes de forma natural de las precipitaciones, y que vierte en un mar, lago o acuífero, lo que tú estás creando puede ser un canal, un embalse o una fuente decorativa, pero no un río.
Buena pesca.
Me uno a la juerga aportando lo siguiente:
El establecimiento de una lámina/superficie de agua (canal, estanque, "pistina" u lo que fusiese) de semejante superficie, sin impermeabilización alguna para evitar infiltraciones, es (sea o no su objetivo) un punto de recarga artificial (y según parece, perenne) a las aguas subterráneas.
Afecta eso a la consideración de las posibles competencias de la confraternización hidráulica de turno? Contempla (y condiciona, delimita, legisla...) el reglamento del dominio púlico hidráulico las recargas artificiales?
Y con respecto a la propiedad del agua, mi experiencia dice que la tendencia de entes gestores de aguas (agencias del agua, confedereishons hidráulicas, departamentos y ministerios de medio ambiente...) es que el dueño es el estado, dándonos permiso (o no) para "utilizarla" o "usufructuarla" en según qué condiciones y bajo licencias específicas.
Para muestra, un botón (y no es una paja mental es un caso real):
Se realiza una investigación de la calidad del suelo (y aguas subterráneas) de un emplazamiento industrial ya que la actividad cesa para trasladarse (y reurbanizar el emplazamiento con casitas, poderoso caballero es don dinero).
En el garaje/sótano de dicho emplazamiento se identifica un fuerte olor a hidrocarburos, y en las muestras de las bombas de achique, así como en 3 de los 5 piezómetros instalados para la investigación, las muestras de agua subterránea analizadas indican una fuerte afección por BTEX y otros TPH volatiles (así como por PAH y TPH de cadenas mayores, apareciendo gotas de fase libre en varias de las muestras).
En el emplazamiento no hay ni ha habido depósito alguno de combustible que pudiera ser el origen o foco de contaminación, y aguas arriba del emplazamiento, donde mayores concentraciones se han cuantificado, hay un emplazamiento inactivo del que se sabe tenía varios depósitos enterrados anto de gasolina como de gasoil y fuel (que actualmente siguen ahí, pero sin uso ni mantenimiento alguno).
Pues a lo que iba: mientras que durante años a la actividad que está cesando se le denegó la posiblidad de explotación de aguas subterráneas (para procesos industriales, enfriamientos...) porque NO ERA PROPIETARIO DE LAS AGUAS, si que le exigen las descontamine porque ES PROPIETARIO DE LA CONTAMINACIÓN QUE HAY EN LAS AGUAS y éstas están llegando a afectar a un tercer emplazamiento ubicado aguas abajo...
(la responsabilidad de quien ha contaminado, en este caso, da igual: el emplazamiento de al lado quebró, los acreedores están en litigios y aunque se le demande, puedes esperar sentado hasta ver un euro... y de mientras, en el emplazamiento cesante en estudio no se puede establecer uso alguno por el riesgo ligado a la afección a las aguas subterráneas...)
RD9/2005 - L1/2005 - D199/2006 - RD165/2008 - D49/2009
AnaPortil;11488 wrote: Hola a todos, creo que el supuesto practico, debe empezar definiendo eso que llamais creación de un río. Un rio no se crea, se puede canalizar las aguas, y por tanto son o acequias o canales, se puede embalsar y por tanto son balsas ya sean para riego o para la regulación del agua potable. Además según donde desemboca dicho "rio", la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucia si sanciona las canalizaciones, zanjas, y demás obras relacionadas con el agua, sobre todo si no desembocan en un curso de agua, por dañar o afectar a especies ya existentes. En el caso de Andalucia, las aguas son competencia de la propia Consejería de Medio Ambiente, concretamente en la Agencia Andaluza del Agua.
hola a tod@s!!
atendiendo a la definición semántica de la palabra crear, consideramos que crear es :
crear v. tr.
1 Producir una cosa a partir de la nada.
2 Producir una obra a partir de la capacidad artística, imaginativa o intelectual de su autor.
3 Hacer que una cosa comience a existir por primera vez.
4 Hacer aparecer una cosa cuya existencia depende de la existencia de otra
la desembocadura del rio creado puede ser en su mismo origen a través de un circuito cerrado y las competencias no están definidas al ser un terreno privado.
saludos,
josé luis
estimados tod@s,
gracias por vuestra participación..y si me permitis, vamos a dar un paso de tuerca en el supuesto práctico. hasta ahora hemos valorado el concepto de crear un río y su ubicación en una legislación vigente, así como sus potenciales impactos sobre los ecosistemas.
bien, imaginemos, que al igual que en el post La pesca del salmón en yemen (lo leeré...leí un resumen y tiene muy buena pinta) se ha decidido poner en marcha el proyecto en cuestión.
los diseñadores (ambientólogos..) deben presentar un proyecto a los propietarios del terreno, como nuestros ambientólogos son muy profesionales y tienen muy buena formación desean quedar muy galmourosos y efectivos, para ello se imaginan hacer una recreación tridimensional del río desde la fase del proyecto hasta la fase donde se bañan los niñ@s y se pescan truchaas!!!
se le ocurre a alguien como hacerlo??
pistas:
google earth, sigpac
georreferenciación
mdt (modelo tridimensional del terreno)
usos del suelo, vegetación, flora y fauna
renderización
programas 3D
nota adicional: como nuestros ambientolog@s son defensores del software libre.. qué programas podríamos utilizar.
un saludito,
josé luis vaquerín
