Hola a todos,
Ando estos días con una duda técnica. Como sabéis, ya por fin a finales de Octubre se publicó la directiva 2012/27/Ue relativa a la eficiencia energética.
Ando leyéndomela pero, paralelamente, he estado leyendo artículos que la comentan, la mastican, etc.
Todos hablan de que la directiva establece que va a ser obligatorio, para grandes empresas, pasar auditorías energéticas cada cuatro años.
Bien, como sabéis, aún no ha salido legislación nacional traspuesta; y tengo algunas dudas.
- ¿Quién créeis que se encargará de estas auditorías energéticas? ¿Ministerio de Industria en persona? ¿Empresas certificadoras previamente acreditadas para tal fin por.... ¿ENAC? ¿Ministerio de Industria?.
- Entiendiendo que va a ser el Ministerio el que va a establecer las "reglas del juego" de estas auditorías y las condiciones para superarlas (siempre buscando cumplir con la regulación de la directiva y europea y los requisitos que salgan a nivel nacional cuando se decida trasponer). ¿Créeis que "se las va a sacar de la manga" o que se va a fijar en algún "stándard internacional" como por ejemplo, la reciente y aclamada ISO 50001 por tratarse de una ISO surgida de copiarse de la pionera, que fue una UNE?
- Y, en caso de que siguiera el marco fijado por 50001 para establecer su sistema de auditorías energéticas, ¿créeis que bastaría con estar certificado en 50001 para que, el Ministerio dijera, vale, pasas; o lo va a hacer independiente? Es decir, ok, tiene s50001 en regla, pero aún así yo te voy a auditar por si acaso...
¿Algún rumor o culturilla popular sobre por donde irán los tiros en la transposición? Si es que transponemos y cumplimos, que España votó en contra de esta directiva.....
Yo te comento lo poco que sé por ahora al respecto:
Hasta ahora las auditorías energéticas las vienen haciendo empresas privadas con sus técnicos correspondientes (vamos, la consultoría tradicional de toda la vida) e imagino que seguirán haciéndose así.
Además, ahora mismo se está redactando una nueva norma europea expecífica para auditorías energéticas (la EN 16247-1) que creo que está siendo traducida por AENOR y que complementa la 50001. Las escasas novedades que trae son:
- En la norma europea hay un apartado donde se habla de la calidad del auditor energético, que ha de ser competente, guardar confidencialidad y ser objetivo y transparente.
- Se menciona también como novedad que el proceso de auditoría ha de ser apropiado, completo, representativo, trazable, útil y verificable.
- En la norma europea se describen las fases más detalladamente, que quedarían (contacto preliminar, reunión de lanzamiento, recopilación de información, trabajo de campo, análisis, informe y reunión final.
No tengo muy claro que el Ministerio se meta tanto como dices. Al final esto tienen que resolverlo empresas privadas acreditadas (sí, imagino que ENAC se meterá a conseguir la acreditación).
Saludos.
www.envirall.es
Consultoría ambiental estratégica
(Antiguo usuario: Ehlanna)
hay va mi pequeña aprotación:
-Como bien dice pulitaroxxx la forma de realización de una auditoria energética ya está bastante definido en la actualidad y que supongo que quedará del todo definida para cuando la ley se transponga.
- Teniendo en cuenta el nuevo RD para la certificación de los edificios como mucho el ministerio, tal vez derogue las funciones a las comunidades autonomas, para poder realizar como mucho un registro de dichas auditorias y unas posibles auditorias de control para ver que son correctas.
- A la velocidad que transpone España estas directivas...tomaroslo con calma que hasta que nos multen dos o tres veces no harán nada y después vendrán las prisas y los tramites a medias....
saludos.
