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Sellado de Vertedero de escombros

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(@oso_ambientologo)
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Buenos tardes,

Actualmente me encuentro trabajando de Técnico de Medio Ambiente en un pueblo de Andalucía. En este municipio había antes un vertedero de desechos de obra, después lo sellaron y ahora se ha adecuado para el establecimiento de unos huertos sociales en este municipio.

Llevo varios días intentando encontrar tiempos mínimos de sellado de este tipo de vertederos para después puede ser reutilizado, pero no logro encontrar nada que haga referencia a estos tiempos.

Me gustaría si algun@ sabe algo al respecto que me pudiera ayudar...

Muchas Gracias de antemano!!


 
Respondido : 05/03/2015 1:50 pm
(@Crocidura russula desconectada)
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Así, de primeras, me vienen a la cabeza los 30 años mínimos para el período de vigilancia y control post-clausura (RD1481_2001 de eliminacion de residuos en vertedero)


 
Respondido : 07/03/2015 12:38 am
(@uralita)
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Hola! Esto en Catalunya viene regulado por el Decreto 1/1997, de 7 de enero, sobre la disposición de residuos en depósito controlado (incluye más de un tipo: inertes, tipo I, II, etc.) Dicho esto, para vertederos de residuos de construcción y demolición se pide, para ejecutar la clausura, la ejecución de una capa cubriente con los siguientes estratos:

- Capa de impermeabilización a base de arcillas, con un grosor de 0,30 m.
- Capa de drenaje, de 0,20 m
- Capa de soporte vegetal, superficial, con tierras procedentes de excavación con un grosor de 0,50 m.

Espero que te sirva de orientación!

oso_ambientologo;47755 wrote: Buenos tardes,

Actualmente me encuentro trabajando de Técnico de Medio Ambiente en un pueblo de Andalucía. En este municipio había antes un vertedero de desechos de obra, después lo sellaron y ahora se ha adecuado para el establecimiento de unos huertos sociales en este municipio.

Llevo varios días intentando encontrar tiempos mínimos de sellado de este tipo de vertederos para después puede ser reutilizado, pero no logro encontrar nada que haga referencia a estos tiempos.

Me gustaría si algun@ sabe algo al respecto que me pudiera ayudar...

Muchas Gracias de antemano!!


 
Respondido : 09/03/2015 2:45 pm
(@DAGDA)
Respuestas: 24
Eminent Member
 

Hola,

Independientemente de la secuencia de materiales a utilizar para la clausura de la instalación, entiendo que se tendrá que estar a lo que diga la ley de suelos en cuanto a usos posteriores de zonas potencialmente contaminadas.

Puedes buscar experiencias realizadas en Japon, que es uno de los paises donde mas se ha trabajado el tema de la reutilizacion de espacios ocupados por vertederos. Holanda tambien tiene un amplio historial en el uso de vertederos clausurados.

Lo normal es que los vertederos clausurados se utilicen como zonas recreativas o pistas deportivas... lo que no lo veo es como huerto social (si es que te refieres a huertos de cultivo).

Saludos


 
Respondido : 21/07/2015 12:42 pm
(@Crocidura_russula)
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Estimable Member
 

Respecto a plazos:

  • 30 años de PVCPC (Plan de Vigilancia y Control Post-Clausura), durante el cual se han de realizar un seguimiento de diversos aspectos (lixiviados, aguas subterráneas y superficiales/escorrentía, gases, asentamientos/estabilidad, vegetación, control de accesos/intrusiones, estado de las instalaciones...).
  • No hay plazos preestablecidos para la implantación de usos en la superficie sellada, aunque una vez obtenida la resolución del Órgano Competente* respecto a la efectividad de la clausura (atención, que dicha resolución puede establecer alguna limitaciones de usos) e iniciado el período post-clausura (ver PVCPC), será necesario tener en cuenta (como bien avanza DAGDA) la normativa de suelos contaminados (ausencia de riesgos inaceptables - atención a la profundidad radicular de plantas, no sea que terminen "alimentándose" de los residuos o de sus lixiviados y gases...), la actividad no debe poner en riesgo la integridad del sellado/clausura.

*Nota: el vertedero no estará legalmente sellado/clausurado hasta que no sea así establecido por resolución expresa del órgano competente, tras el correspondiente expediente (redacción de proyecto de sellado/clausura > tramitación > autorizacion de ejecución de proyecto > ejecución del proyecto y elaboración de documentación de fin de obra > tramitación > visita de inspección y, si no hay indicaciones en contra o requerimientos de subsanación, resolución de efectividad de sellado/clausura dando inicio al período post-clausura)


 
Respondido : 22/07/2015 9:08 pm
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