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Resiuos, inscripciones y nifs

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(@adondevamos)
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Hola, como creo que alguno sabéis trabajo como auditor y últimamente tenemos un cierto cacao con las inscipciones como productores de residuos.

Con el NIMA, yo había creído entender que una empresa (un NIF) podría inscribirse como pequeño productor de residuos en una Cdad. Autónoma cualquiera y con el NIMA gestionar sus residuos en cualquier parte del territorio.

Pero al parecer todo sigue igual que antes, cada NIF tiene que inscribirse en cada Cdad. Autónoma (e incluso provincia, como en Andalucía) aunque no tenga centro fijo (el centro productor sea temporal, por ejemplo una obra)

El problema práctico además se me presenta porque la "empresa" es en realidad un grupo de empresas, que comparten emplazamientos fijos (en un emplazamiento puede haber 3 CIFs) en los cuales básicamente se producen residuos peligrosos de oficina, algún envase, aerosol, material impregnado y no peligrosos. Si se inscriben los 3 CIFs, probablemente acaben gestionándolo todo con uno de ellos sólamente, por lo que me parece un papeleo inútil.

Me gustaría saber vuestra opinión o experiencia. Gracias y un saludo


 
Respondido : 28/01/2011 10:34 pm
(@Discreto)
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Creo que estás mezclando varios temas, me explico:

Una cosa es una empresa y otra es un centro. Una empresa pude tener un único centro o muchos, de igual manera que un CIF puede tener varios NIMAs. Si esos centros producen RP deberán inscribirse como Pequeños productores en la Comunidad donde estén ubicados y al procederse a esa inscripción se les asignará un NIMA.

El NIMA salvo algún caso particular (como las obras a las que se les asigna un NIF por provincia debido a su temporalidad) se asigna a un CIF con una actividad concreta en un emplazamiento concreto. El NIMA es a un centro lo que el CIF es a una empresa. Su utilidad consiste en que, puesto que las autorizaciones se dan a centros (no a empresas) el NIMA identifica univocamente y de manera clara qué centro dispone de autorización, ya sea como productor o como gestor de residuos. En el caso que planteas, si existen tres CIFs lo normal es que tengan tres NIMAs y de cada uno de ellos habrá una inscripción como pequeño productor de RP.

Un NIMA es válido en todo el estado, nadie te puede decir lo contrario. Por ejemplo si el gestor de Madrid BASURIL SL recoge residuos (y los lleva a su centro en Madrid) a un productor de Andalucia (PEPITO SA), en el DCS aparecerá el NIMA del productor asignado por Andalucia y el NIMA del Gestor asignado por Madrid. Si PEPITO SA tiene un centro en Madrid, este centro tendrá un NIMA asignado por la Comunidad de Madrid. En ningún caso el NIMA de un centro en Andalucia le serviría en Madrid.

No se si el lío viene porque en la Ley Omnibus http://www.boe.es/boe/dias/2009/12/23/pdfs/BOE-A-2009-20725.pdf y su reglamento http://www.boe.es/boe/dias/2010/03/27/pdfs/BOE-A-2010-5037.pdf : se hace referencia a un Registro único estatal que daría validez en todo el estado a las autorizaciones de gestión.

la Ley, en su artículo 32, modifica la Ley 10/98 de Residuos y establece la creación de un Registro de producción y gestión de residuos. Así mismo el Reglamento de desarrollo de la Ley Omnibus establece en su disposición transitoria única que:

"En tanto no se apruebe el régimen de funcionamiento del Registro de producción y gestión de residuos previsto en el artículo 6 bis de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, las obligaciones de inscripción en el mismo se seguirán rigiendo por la normativa anterior que les sea de aplicación".

Además, al referirse a las actividades de gestión dice:"Estas autorizaciones serán concedidas por el órgano ambiental competente de la comunidad autónoma donde tengan su domicilio social y serán válidas para todo el territorio del Estado".Por lo tanto lo que viene a decir es que cuando esté creado este registro único, un gestor únicamente deberá estar autorizado en la Comunidad Autónoma donde tenga su sede social...

...Pero realmente esto no tiene mucho que ver con los NIMAs. Los NIMAs son previos a la Ley Omnibus, y aunque no tienen un soporte legal su validez ha sido establecida y consensuada en todo el estado en el marco del Proyecto ETER para la tramitación telemática de documentos de control de RP.

No se si me he explicado o te he liado más todavía.


 
Respondido : 31/01/2011 7:48 pm
(@MiguelC)
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Muy interesante, Discreto.

🙂


El ignorante afirma, el sabio duda y reflexiona.
Aristóteles, Filósofo griego

 
Respondido : 31/01/2011 9:04 pm
(@adondevamos)
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Buf. Muchas gracias Discreto, me tengo que imprimir tu post para leermelo más despacio, pero así de repente, parte de mis problemas es que hay varios CIFs en un único centro.

Es decir: como tú dices resulta lógico que cada centro tenga un NIMA. Pero imagina que BASURIL se reorganiza y forma 3 empresas, cada una con un CIF: el CIF1 BASURIL-Mantenimiento, CIF 2: BASURIL-Limpiezas, y CIF 3: BASURIL-proyectos. y los 3 están en la Plaza de Pescado 1, en el mismo sitio..

B-Mantenimiento, se inscribe como pequeño productor de residuos en Pza. del Pescado 1 y le dan la inscripción y el NIMA en esa dirección. Y ahora ¿qué hago con los otros B-Limpiezas y B-proyectos, que físicamente están también en Pza. del Pescado? El emplazamiento YA es productor de residuos...

Incluso hay gente que me ha dicho que en alguna Comunidad, creo recordar que en Andalucía, no sé si en Madrid, incluso deniegan la inscripción de una empresa (CIF) en un emplazamiento (dirección)

Por otra parte, sí, yo creo que la idea de las inscripciones/autorizaciones válidas para todo el Estado la tenía por los conceptos que tú mencionas de las leyes Omnibus, y por mi cuenta imaginé que el NIMA era el principio de una identificación única (en vez de ya sabéis, el TR/MD-230 parta transportistas de la CM o la combinación de letras, números y símbolos que corresponda). Si he entendio bien, parece que la nueva Ley plantea algo así, pero en tanto no se desarrolle reglamentariamente, las cosas van a seguir como estaban.

Lo dicho, leeré con detenimiento tu post. Gracias de nuevo!


 
Respondido : 01/02/2011 9:08 pm
(@Discreto)
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Una aportación que explica un poco este tema.

http://www.eterproject.org/pdfs/Environmental%20Electronic%20Exchange%20Guide%202.3.3.pdf

Saludos.


 
Respondido : 04/02/2011 12:40 am
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