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residuos en obra

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(@auryn)
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¡Hola! A ver si alguien puede ayudarme, porque tengo una duda que llevo arrastrando hace tiempo...En trabajos de control ambiental de obras me he encontrado en ocasiones que el contratista dispone de un centro base donde deposita los residuos (peligrosos y no peligrosos) que se generan en otras de sus obras. ¿Es necesario que los transportes de residuos se realicen mediante vehículos autorizados?¿depende del tipo de residuo?¿de cantidades? Sé que la respuesta inmediata es que sí, pero, como os comento, lo he detectado en varias ocasiones con empresas con una buena reputación y con sistemas de gestión ambiental implantados, incluso certificados por AENOR y lo hacían con medios propios...
¡Gracias!


 
Respondido : 18/01/2010 8:40 pm
(@adondevamos)
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Hola, yo hace un par de años hice la consulta a un técnico de la CM, y en principio, las constructoras que operen en Madrid lo que deberían hacer es:
- tener AUTORIZACIÓN como productor de residuos peligrosos, aunque en realidad no superen las 10 t/año, y por lo tanto hacer declaración anual, para un centro fijo (almacén, campa, sede social, etc.)
- comunicar el alta (mediante fax o así) de los centros de trabajo productores de residuos
- gestionar desde la obra, y el nº de autorización de productor que se tiene.

Admitió que en la práctica era razonable que para pequeñas cantidades de residuos (unos cuantos aerosoles, algún envase de plástico, una caja con algún trapo impregnado, etc.) se transportaran los residuos hasta un centro fijo y se gestionaran desde allí (en ocasiones es difícil que los gestores acudan cuando hay pocos residuos, o es desorbitadamente caro) pero que durante el transporte NO debían ir identificados como residuo (sino envasados correctamente como el material útil: aceite mineral, aerosoles llenos, etc.) porque si lleva etiqueta de residuo peligroso y para la guardia civil multa.

En Madrid, por otra parte, la mayoría de las empresas que tienen contenedores de obra para inertes, tierras, etc. están inscritas como transportistas de residuos no peligrosos, a si que sería razonable que si hacen eso lo pidieras. Si el transporte es con camión bañera, pues tú mismo: como eso se suele usar para transportar árido (materia prima) puede ser frecuente que no estén inscritos como transportistas de rnps, pero si transportan residuos deberían estar inscritos.

Esto es mi experiencia, pero no soy de la administración... espero que te sirva al menos como otra opinión.


 
Respondido : 18/01/2010 9:45 pm
(@auryn)
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Muchas gracias. Efectivamente hay veces que se genera tan poco residuo que es de locos estar llamando a un gestor para que te retire 5 aerosoles y 2 envases (por ejemplo)...¿alguien tiene más experiencias de este tipo?


 
Respondido : 19/01/2010 9:08 pm
(@Atalanta)
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Entonces, de lo que habeis dicho, ¿debo deducir que te puede multar la guardia civil si te pillan transportando envases vacios de productos químicos?, ¿es preferible identificarlo como envase lleno (con la materia prima) a llevar el envase vacio?... ¿a alguien le han multado alguna vez?


AFRICAAAA: http://www.youtube.com/watch?v=zL7V_SgP_oA

 
Respondido : 21/01/2010 12:21 pm
(@adondevamos)
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No, te multan si llevas recipientes identificados como residuos (etiqueta de 10x10 con pictograma, etc.) y no eres transportista autorizado/inscrito... si llevas el residuo (=envase vacío) pero sin identificar como residuo, se considera :rolleyes: que no es residuo, (todavía no tienes la necesidad de deshacerte de él) con lo que no te pueden multar. No soy especialista, pero el límite a eso (a que no te pidan nada) está en la reglamentación del ADR (transporte de mercancías peligrosas por carretera) que es exigible tanto a residuos como a materias primas


 
Respondido : 22/01/2010 6:14 pm
(@Atalanta)
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ok ya lo he entendido


AFRICAAAA: http://www.youtube.com/watch?v=zL7V_SgP_oA

 
Respondido : 23/01/2010 1:00 pm
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