Hola a todos, me gustaría plantear la siguiente cuestión, en la empresa en la que trabajo tenemos que realizar una excavación y la partida en el presupuesto viene definida como "transporte a vertedero y canon de vertido de residuos no peligrosos de material procedente de la excavación", me gustaría que alguien me pudiera explicar que se entiende por eso, y si engloba residuos no peligrosos contaminados. Ya que la gestión de cada tipo sería diferente.
Muchas gracias a todos!!!
buenos días...
Es un poco confusa tu cuestión. Un residuo no peligroso contaminado, no es un residuo NO peligroso... si está contaminado... será un RESIDUO PELIGROSO. POr tanto, en esa partida de tu presupuesto no estarían incluidos esos residuos peligrosos. En cuanto a la partida que tienes presupuestada, entiendo que hace referencia al material que extraigan de la excavación, las tierras y demás.
jogarlor;47478 wrote: buenos días...
Es un poco confusa tu cuestión. Un residuo no peligroso contaminado, no es un residuo NO peligroso... si está contaminado... será un RESIDUO PELIGROSO. POr tanto, en esa partida de tu presupuesto no estarían incluidos esos residuos peligrosos. En cuanto a la partida que tienes presupuestada, entiendo que hace referencia al material que extraigan de la excavación, las tierras y demás.
Correcto, el material en si serían residuos inertes No peligrosos, en cuanto se considerasen contaminados podrían considerarse como Peligrosos siempre y cuando la naturaleza del contaminate estuviese catalogado como Residuo peligroso, aunque también habría que considerar la proporcion de cada uno y las interacciones posibles.
Muchas gracias por tu respuesta, intentare aclararlo un poco más, lo que nos dice la propiedad es que la tierra de la excavación esta un "poco" contaminada y la consideran como un residuo NO peligroso contaminado, y yo siempre pensé que si esta contaminado es peligroso directamente, por lo que estoy un poco confusa ya que no entiendo a que se refiere con "poco" y tampoco encuentro un baremo que indica la cantidad de contaminación a partir de la cual se considera peligroso. A ver si alguien me puede indicar las cantidad de contaminación para ser considerado peligroso.
Un saludo y muchas gracias a todos!!!!!!!!!!
Mi consejo es que consultes la Decisión del Consejo de 19 de diciembre de 2002 por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión de residuos en los vertederos, ahí se especifican los valores límites de lixiviación para saber si estás ante un RP o RNP; un residuo contaminado no es en todos los casos un RP
Buenas tardes,
A nivel informativo, el nuevo anexo III (publicado mediante reglamento europeo en 2014) de la Directiva de Residuos de 2008, establece las "características de los residuos que permiten calificarlos como peligrosos"
http://www.boe.es/doue/2014/365/L00089-00096.pdf
Un saludo
Pablo Mtnez
Ambientólogo UMH
Colaborador de CienciasAmbientales.com y ForosAmbientales.com
La simple presencia de contaminantes no hace que el residuo deba ser considerado peligroso. Para eso está la norma que menciona Pablo.
Pero si se trata de residuos de excavación (zahorras, rellenos, tierras) con "cierto" grado de contaminación, si no hay razones para considerarlos peligrosos (p.e.: >50 mg/kg de PCBs, presencia de hidrocarburos/aceites/etc. en fase líquida libre, etc.), para valorar su aceptación en diferentes tipos de vertederos (de RI, de RnP o de RP) habrá que hacer una valoración respecto a los valores de aeptación de la Orden MAM AAA/661/2013 (que actualiza la norma europea de 2002 que se menciona en un post anterior).
Al final, ya ves que para tomar decisiones respesto a residuos de excavación "sospechosos" es necesario haber realizado previamente una serie de trabajos de muestreo/análisis y caracterización.
