Buenas a todos,
Me gustaría saber si el tema del cumplimiento del Reglamento REACH es labor de PRL o departamentos de medio ambiente, ya que he estado echándole un ojo y como intermediarios parece que hay que presentar unos informes de evaluación de riesgo que me parecen enteramente de prevención, y la normativa no se si se puede delimitar en el ámbito industrial más que en el ambiental.
Compañeros que trabajais en departamentos de Medio Ambiente, ¿llevais vosotros estos temas? ¿Cómo se aborda y plantea el cumplimiento de este reglamento en vuestras empresas?
Os pregunto porque en mi empresa yo llevo la Gestión Ambiental (por primera vez, antes no había nadie), y es difícil delimitar mi responsabilidad en algunos temas, como éste.
Un saludo y muchas gracias 😉
ESTUDIAD COMO SI FUERAIS A VIVIR SIEMPRE; VIVID COMO SI FUERARIS A MORIR MAÑANA.
Optimismo e Ilusión. Emilio Duró: www.youtube.com/watch?v=zK4sB_rWhF8
Dinero o conciencia. Joan Melé: www.youtube.com/watch?v=UK3hC1xxHQM
Hola!!
Pues a ver... en la empresa en laa que estaba hasta hace poco además de lo de medio ambiente me plantaron delante lo del REACH.
Había cosas que podía hacer yo, como mirar que sustancias/productos teníamos que tener en cuenta, ver si era o no necesario hacer el registro de las mismas, coordinarlo con las demás filiales de la compañía etc, pero ya metidos en faena, los informes de evaluación a mi ya se me escapaban, sobre todo porque hay muchas cosas que no tenía ni idea de por donde pillarlas. La documentación que hay que hacer es demasiado técnica y de medio ambiente tiene lo justito, es más desde el punto de vista fisico-químico y de prevención.
Ahora mismo no te puedo decir detalles concretos porque dejé el tema hace tiempo, pero recuerdo que habíamos considerado desde mi departamento (que no era medio ambiente, sino otro, aunque habían incluido medio ambiente en éste) que la mayoría de los datos y cosas que había que hacer habría que subcontratarlos de alguna manera. De hecho, hay varias empresas que ya han montado el negocio enfocado a temas el REACH, en especial laboratorios de análisis y cosas así.
Mucho más no te puedo decir, porque ya te digo que como nosotros éramos una filial la parte gorda se hacía desde la central europea y a mi me tocó hacer cosas relativamente sencillas.
Saludos!!
www.envirall.es
Consultoría ambiental estratégica
(Antiguo usuario: Ehlanna)
Gracias Ehlana.
Me imagino que vosotros érais productores según el REACH, nosotros pienso que seremos intermediarios y no será tan arduo (o lo espero!!)
Alguien más ha llevado algo de este tema?
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Nosotros eramos importadores, de ahi el problema...
Si sois intermediarios la cosa es más sencilla, sólo tenéis que pasar al siguente de vuestra cadena la información que os llegue desde vuestro proveedor (fabricante, importador...), revisarla, ver que no hay que añadir nada más (como por ejemplo un uso que hacéis o se hace del producto que no está descrito en las nuevas fichas de seguridad) e informar siempre de todo a vuestro cliente.
Los que tienen más jaleo son los productores o los importadores, vosotros es más un trámite que otra cosa...
De todas formas es un rollo patatero jejeejeje...
¡¡Suerte!!:D
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Consultoría ambiental estratégica
(Antiguo usuario: Ehlanna)
Alguien tiene algún enlace a una guía medio decente sobre este tema?
(o una referencia si es que es un libro)
gracias.
Carlos;4390 wrote: Alguien tiene algún enlace a una guía medio decente sobre este tema?
(o una referencia si es que es un libro)
gracias.
Cuando tuve que trabajar en este tema utilizaba la siguiente web:
| REACHinfo.es
De ahi tienes enlaces a la parte en inglés y un montón de manuales y documentación para cada aspecto del reglamento.
¡¡A mi me vino de perlas!!
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Consultoría ambiental estratégica
(Antiguo usuario: Ehlanna)
Ehlanna;4391 wrote: Cuando tuve que trabajar en este tema utilizaba la siguiente web:
| REACHinfo.esDe ahi tienes enlaces a la parte en inglés y un montón de manuales y documentación para cada aspecto del reglamento.
¡¡A mi me vino de perlas!!
Muchas gracias, nunca toqué este tema, pero me apetecía marujear un poco :p
Vuelvo a la carga retomando este tema.
Ahora llevo también la PRL en mi empresa y me ha llegado un email de que la fecha de fin de registro REACH es el 30 de Noviembre.
Como desde lo que planteaba en el correo inicial no he vuelto a tocarlo, sigo con la misma poquísima idea.
Básicamente, mi empresa compra sustancias químicas en varios países (pinturas, resinas, fibras, productos químicos..) y con ellas fabrica piezas de fibra de carbono. ¿Somos importadores entonces? O sólo intermediarios?
Igual digo una burrada, pero también me pregunto si esas piezas que fabricamos habría que registralas..ya que son un nuevo producto. Ahí directamente me puedo cortar las venas porque tenermos miles de piezas diferentes, con difrente composición..
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