Buenas tardes, tengo una gran duda, trabajo en una empresa que es pequeña productora de residuos peligrosos, el gestor de residuos que nos los retira me dice que debemos de tener un punto limpio homologado en el exterior que de la forma que los tenemos nos exponemos a una sanción. Los residuos los tenemos almacenados en el taller, en los contenedores que nos ha suministrado este gestor (es una nave cerrada). No se si hay una normativa referente al almacenamiento, en el RD 73/2012 hay alguna referencia en el articulo 16 pero nada de sanciones ni nada muy específico al respecto, hago referencia a este RD porque mi empresa está en Andalucía.
Por favor necesito saber como debo almacenarlos correctamente y si este gestos lo que está intentando es venderme este punto limpio a toda costa o es cierto que no se pueden tener en el interior.
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.
en principio, lugar senalizado y que no esté por en medio.
si es liquido, con cubeta paea vertidos
si el gestor te dice algo, preguntale por la ley a la que se refiere.
Si tu empresa cumple con todas las condiciones de almacenamiento que se indican en el Decreto 73/2012 no debeis tener ningún problema. En cuanto al régimen sancionador aplicable a las infracciones a este Reglamento de Residuos, es el establecido en la sección 6ª del Capítulo III de la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Un saludo!
jastak;43915 wrote: Buenas tardes, tengo una gran duda, trabajo en una empresa que es pequeña productora de residuos peligrosos, el gestor de residuos que nos los retira me dice que debemos de tener un punto limpio homologado en el exterior que de la forma que los tenemos nos exponemos a una sanción. Los residuos los tenemos almacenados en el taller, en los contenedores que nos ha suministrado este gestor (es una nave cerrada). No se si hay una normativa referente al almacenamiento, en el RD 73/2012 hay alguna referencia en el articulo 16 pero nada de sanciones ni nada muy específico al respecto, hago referencia a este RD porque mi empresa está en Andalucía.
Por favor necesito saber como debo almacenarlos correctamente y si este gestos lo que está intentando es venderme este punto limpio a toda costa o es cierto que no se pueden tener en el interior.Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.
Muchas gracias a los dos, pero accipiter muy claro y con información concreta gracias de nuevo, lo que me da a mi es que lo del "punto limpio HOMOLOGADO" creo que es un rollo del gestor de residuos para vendernoslo, no encuentro nada por ahi que haga referencia a esto concreto y con homologación.
