Buenas tardes a todos!
Estoy redactado un proyecto de licencia de actividad para un almacén y venta de productos fitosanitarios. la normativa que le aplica (además de la genérica de contra incendios, GICA, etc...) es concretamente el Real Decreto 3349/1983, reglamentación técnico-sanitaria para la fabrricación y comercialización de este tipo de productos. Pues bien, la pregunta es ls siguiente: ¿es obligatorio que exista una arqueta que pueda recoger cualquier tipo de vertido de fitosanitarios que se pudiera producir? ¿conoceis alguna norma al respecto?
Saludos!
Si tiene cerca una masa de agua (río, mar), o una alcantarilla de saneamiento, y puede producirse un vertido directo yo diría que sí por la legislación que regula los vertidos.
Ahora bien, si no tienes nada de eso cerca, ni una zona sensible o similar...
pd. has mirado la APQ de fertilizantes?
"El cambio climático constituye el mayor fracaso del mercado jamás visto en el mundo", Sir Nicholas Stern.
Gracias Quercus por la respuesta. Tengo una alcantarilla de la red municipal justo en la puerta del almacén, dado que se encuentra en un polígono industrial. Por otra parte, ¿cual es la APQ que regula el tema de los fitosanitarios?
La 8 es de fertilizantes nitrogenados, que no sé si será el caso.
Revisa la ordenanza o reglamento que regule los vertidos a esa red de saneamiento, si es que hay. De existir, suelen tener un apartado específico contra vertidos accidentales o medidas para evitarlos.
Saludos.
"El cambio climático constituye el mayor fracaso del mercado jamás visto en el mundo", Sir Nicholas Stern.
Gracias de nuevo por tu respuesta, me has aclarado todas las dudas!
Un saludo.
alguien me podria pasar un proyecto de licencia de actividad para un almacén y venta de productos fitosanitarios
