Hola
Tenía una duda, una empresa de transportes que tiene una nave para aparcar los vehículos y que puntualmente en sus instalaciones realiza actividades de lavado y engrase o mantenimiento. ¿Además de la licencia de actividad, necesita licencia de apertura?, Aunque depende de las ordenanzas municipales, al ser actividades calificadas aunque no sean de cara al público entiendo que sí que la necesita, pero no me queda claro este punto. Alguién puede ayudarme, porque imagino que cara a una certificación ISO 14001, lo primero que solicitarán será la licencia de apertura.
Muchas gracias.
Saludos
Hola zequal.
Con la ley de economía sostenible se modificó lo de las licencias de apertura eliminándolas salvo excepciones concretas. El tema es que las excepciones tenía que decidirlas cada ayuntamiento en particular, por lo que dependerá del que te corresponda. Lo más cómodo sería preguntarles directamente.
Si finalmente el ayuntamiento lo exige sí que te la podrán pedir para una ISO 14001, ya que forma parte de los requisitos legales. De todas formas, aunque no fuera obligatoria en tu caso, sí que se exige una comunicación previa de apertura al ayuntamiento, que también podrían exigirte en una auditoría para la ISO 14001.
Un saludo
www.envirall.es
Consultoría ambiental estratégica
(Antiguo usuario: Ehlanna)
Aclarado, ¡¡muchísimas gracias!!
zequal;40080 wrote: Hola
Tenía una duda, una empresa de transportes que tiene una nave para aparcar los vehículos y que puntualmente en sus instalaciones realiza actividades de lavado y engrase o mantenimiento. ¿Además de la licencia de actividad, necesita licencia de apertura?, Aunque depende de las ordenanzas municipales, al ser actividades calificadas aunque no sean de cara al público entiendo que sí que la necesita, pero no me queda claro este punto. Alguién puede ayudarme, porque imagino que cara a una certificación ISO 14001, lo primero que solicitarán será la licencia de apertura.
Muchas gracias.
Saludos
Efectivamente, dependerá del ayuntamiento en el que se ubique la actividad, pero en cualquier caso, deberás comunicárselo para que éste determine el procedimiento administrativo que debes seguir. En este caso, que la actividad puede resultar molesta por ruidos y vertidos, yo me decantaría porque van a pedirte que tramites autorización, es decir, licencia de actividad, apertura o funcionamiento, o como la denominen en la ordenación municipal. es lógico que os pidan que justifiquéis, con la actuación de un técnico competente, que la actividad contará con las medidas correctoras adecuadas, partiendo siempre de que el uso esté permitido en el plan general o normas urbanísticas del municipio.
