Me gustaría que me ayudarais con una duda que tengo:
Cuando un proyecto sometido a EsIA afecta a 2 Comunidades Autónomas (Como en este caso, una finca sobre Madrid y Castilla la Mancha), ¿Cual es la legislación que tiene que cumplir ese proyecto? ¿La de las dos comunidades, la más restrictiva, cual?
Muchas gracias de antemano.
DiegoSR;35664 wrote: Me gustaría que me ayudarais con una duda que tengo:
Cuando un proyecto sometido a EsIA afecta a 2 Comunidades Autónomas (Como en este caso, una finca sobre Madrid y Castilla la Mancha), ¿Cual es la legislación que tiene que cumplir ese proyecto? ¿La de las dos comunidades, la más restrictiva, cual?
Muchas gracias de antemano.
Cuando un proyecto afecta a varias comunidades, la DIA la resuelve el Ministerio. ¿Te refieres a eso?.
"El cambio climático constituye el mayor fracaso del mercado jamás visto en el mundo", Sir Nicholas Stern.
quercus;35668 wrote: Cuando un proyecto afecta a varias comunidades, la DIA la resuelve el Ministerio. ¿Te refieres a eso?.
En parte si, pero no era eso exactamente. Quiero decir, a la hora de comprobar la legislación para hacer aleaciones en los proyectos, si el proyecto afecta a varias comunidades autonomas, que legislación hay que mirar?? porque muchas leyes cambian dependiendo de la comunidad en la que estes.
No se si me explico. xD
Hola.
Tendrías que cumplir las de las dos. De todas formas muchas normas coincidirán en una nacional porque la comunidad autónoma no habrá desarrollado normativa propia. En caso de conflicto (que todo puede darse) optaría por la más restrictiva de las dos.
¡¡oohhh!!! Este es mi mensaje 500. ¿No hay cohetes o algo? 😛
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(Antiguo usuario: Ehlanna)
[QUOTE=Pulitaroxxx;35671]Hola.
Tendrías que cumplir las de las dos. De todas formas muchas normas coincidirán en una nacional porque la comunidad autónoma no habrá desarrollado normativa propia. En caso de conflicto (que todo puede darse) optaría por la más restrictiva de las dos.
Gracias por la información, la verdad es que era una tontería pero estaba un poco confuso. Enhorabuena por tu mensaje 500! 😉
En ese caso prevalece la ley nacional
