Hola! necesitaría saber los pasos a seguir para la legalización de una planta de hormigón en la Comunidad Valenciana.
Gracias.
Saludos.
Soy el del anterior mensaje:
Por lo que he estado averiguando, creo que además de las tramitaciones pertinente ante Industria, debería tramitarse la Licencia Ambiental ante el Ayuntamiento (y no la Autorización Ambiental Integrada, estoy en lo cierto?).
Por otra parte, sería necesario someterlo a EIA? (lo digo porque figura en el Anexo I del Reglamento de EIA valenciano.
Gracias.
Según la Ley IPPC no creo que a la fabricación de hormigón/mortero le aplique la AAI.
Echa una mirada en lo que dice el Órgano Ambiental Valenciano
Tampoco veo nada sobre dicha actividad en el Anexo I del Reglamento de EIA de Valencia, solo la fabricación de cemento, pero nada de fabricación de hotmigón.
Que yo sepa, la fabricación de hormigón (áridos de tamaño grava media/gruesa) y mortero (áridos de tamaño grava fina a arena gruesa) se reduce a recibir y almacenar materia prima (áridos de tamaño grava a arena en acopios o graneles, cemento en depósitos o silos, y agua), mezclarla según las especificaciones del cliente (incluyendo algunos aditivos para mejorar sus prestaciones) y cargarla en camiones.
Suelen tener problemas de emisión de polvo, ruidos y de vertidos (aguas de limpieza de camiones y maquinaria para el movimiento de áridos como dumpers, retroexcavadoras/retrocargadoras, con muchos sólidos en suspensión, fracciones finas, de arcilla a arena fina, de los áridos, que se intenta evitar sean incluídas en el hormigón mediante venteo o selección por gravedad/vibración; y pHs altos por los carbonatos) si no tienen unas instalaciones adecuadas (bañeras de limpieza con drenajes a depósitos con decantadores, y correctores de pH previos a su vertido a cauce).
Hay que tener en cuenta también las posibles actividades auxiliares sobre todo si dispone de flota propia de camiones: zonas para mantenimiento de la flota y maquinaria (taller mecánico), abastecimiento de combustible (si tienen depósito propio)...
RD9/2005 - L1/2005 - D199/2006 - RD165/2008 - D49/2009
Hola, muchas gracias por la respuesta.
Después de plantear la pregunta sobre si era necesario someter a EIA además de a Licencia Ambiental, me di cuenta de que lo que figura en el Anexo I del Reglamento de la Ley de EIA valenciana es fabricación de cemento, y no de hormigón. He consultado a otra gente, y da la misma interpretación que nosotros.
Pues nada, pediré que sometan a Licencia Ambiental ante el Ayuntamiento donde se situará esta planta de hormigón temporal.
Por otra parte, habría que hacer algo ante la Conselleria de Industria?
Gracias y saludos!
También debes realizar el proyecto para la Autorización como instalación Potencialemente Contaminadora de la Atmósfera según la Ley 34/2007:
Según el anexo IV podrían clasificarse los distintos focos como grupo B:
2.10.4.Plantas de preparación de hormigón.
2.2.4.Almacenamiento a la intemperie de productos minerales, incluidos los combustibles sólidos y escoriales. (Si se da el caso)
Y mírate las aguas, si tenéis pozo o vertido a cauce/inflitración al terreno, tienes que hablar con la confederación hidrográfica.
En Industria lo normal es legalizar:
- la instalación de Baja Tensión, según la potencia necesitará proyecto o no...
- Instalación de aire comprimido.
- depósitos de combustible (si es el caso).
Muchas gracias a todos por vuestra ayuda!
Gracias por la información.
