Hola, tengo un amigo implantando una iso 14001 en una oficina y con alcance sólo a gestiones administrativas. Me pregunta cuál es la normativa que debe contemplar de cara a la identificación de requisitos legales y la verdad, en una actividad tan simple, a mí a parte de la ley general de residuos y sus sectoriales de raee's pilas etc. y las licencias de actividad se me ocurre más bien poco. Las oficinas no son de la empresa, las tienen alquiladas.
Los que tengáis experiencia en implantaciones en este tipo de actividades ¿me echáis una mano a echarle una mano?
Gracias!
Sacarino;8318 wrote: Hola, tengo un amigo implantando una iso 14001 en una oficina y con alcance sólo a gestiones administrativas. Me pregunta cuál es la normativa que debe contemplar de cara a la identificación de requisitos legales y la verdad, en una actividad tan simple, a mí a parte de la ley general de residuos y sus sectoriales de raee's pilas etc. y las licencias de actividad se me ocurre más bien poco. Las oficinas no son de la empresa, las tienen alquiladas.
Los que tengáis experiencia en implantaciones en este tipo de actividades ¿me echáis una mano a echarle una mano?
Gracias!
Así de memoria... se me ocurre echarle un ojo al RITE por la calefacción, si es que tienen caldera; y al tema de los CFC's si tienen aire acondicionado.
"El cambio climático constituye el mayor fracaso del mercado jamás visto en el mundo", Sir Nicholas Stern.
Lo había pensado pero el problema es que el edificio no es suyo y por lo tanto las actividades de mantenimiento de la infraestructura no les afectan.
Hola
Yo recuerdo una empresa a la que le pasaba algo parecido. Te cuento su caso, ellos pasaban las auditorias. Hicieron una especie de "escrito" con la empresa dueña del edificio, tanto para recogida de residuos ( similar a un libro de registro: te entrego tanto de tanto en día X) como para mantenimiento ( comunicaciones de revisiones de calderas, extintores, aire acondicionado, averías y consumos de luz). Para los consumos, como compartían edificio con la empresa dueña se hacía un indicador por volumen de trabajo, horas trabajadas y número de trabajadores, según el tipo de consumo.
Espero que te de alguna pistilla
Saulos
Tiene razon rural power, se identifican registros, una manera de comprobar gestión en cuestiones que no "incumben". Pero tambien hay que tener en cuenta los residuos domiciliarios, lamparas fluorecentes, residuos informaticos, uso de papel, efeciencia energetica.
Lic. Franco Magnin
Tandil. Bs.As
Argentina
Además de lo que habéis dicho: Residuos (en Madrid, según criterios publicados en la web de la comunidad de Madrid, los toner que no se entreguen para reutilizarlos son RPs; que solicite una inscripción como pequeño productor de residuos peligrosos que incluya fluorescentes, toner, envases contaminados, absorbentes contaminados y raees); si está en Cataluña que mire a ver si puede no ser necesario inscribirse -la GENCAT funciona muy bien-; si está en el País Vasco, que se inscriba como productor de inertes, que es un registro que yo no he entendido mucho nunca, por si hace alguna obra), RAEES, Reglamentos relacionados con los HCFCs y RITE por aparatos de aire acondicionado, que incluya:
- Reglamentación contra incendios: probablemente si es una oficina, al menos tendrá algún extintor y los Reglamentos establecen que su propietario debe hacer una revisión trimestral, además de las anuales y cada 5 años por mantenedor autorizado
- Aunque sea una oficina, sería muy bueno que justificara la autorización por parte del Ayuntamiento para utilizar la red de sanemiento. En Madrid, por ejemplo, la Ley 10/1993 establece una "identificación industrial" que es dar los datos administrativos y un dato del consumo de agua, se presenta en el Ayuntamiento y ya está, no tienen que contestar. En Barcelona, las ordenanzas remiten a la clasificación catalana de actividades y para las que son de oficinas (y otras más, agrupa las actividades por letras), dicen que los vertidos son asimilables a urbanos y no tienen que tener autorización. En Albacete, la ordenanza no se entiende mucho... Hay veces, que en el contrato de suministro viene implícita la autorización de vertido (en municipios pequeños) si no esta claro, hacer una carta al Ayuntamiento comunicando hola soy yo y utilizo su sistema de saneamiento, con registro de entrada y ya está. Y los auditores tan contentos.
- Dependiendo del Ayuntamiento, las ordenanzas municipales. Para oficinas de Madrid, la de uso eficiente del agua tiene un artículo sobre dispositivos de ahorro en el consumo de agua, que probablemente ningún auditor os exija que cumplais pero quedaría muy bien que lo tengáis identificado y que se ponga un "se tendrá en cuenta en la revisión por la dirección" como para que moleste un poco.
En cuanto a las actividades como mantenimientos de edificio de calefacción, limpieza, contra incencios, etc. la norma considera que son realizadas por personal externo en nombre de la organización, por lo que al menos le aplicaría el 4.2 (comunicación de la política) y entre el de formación (creo que 4.4.5) y el 4.4.6 (control operacional), la comunicación de los requisitos aplicables: Para los señores de la limpieza que no usen pronto ni ambientadores (aerosoles), que enjuaguen tres veces los envases de productos de limpieza que contienen sustancias peligrosas (para que el envase no lo sea) y que segreguen bien los residuos. Para el resto (mantenedores) que los residuos que generen los gestionen adecuadamente y que se los lleven.
Espero que te sirva.
Un saludo y que no se desanimen.
Además de lo que habéis dicho: Residuos (en Madrid, según criterios publicados en la web de la comunidad de Madrid, los toner que no se entreguen para reutilizarlos son RPs; que solicite una inscripción como pequeño productor de residuos peligrosos que incluya fluorescentes, toner, envases contaminados, absorbentes contaminados y raees); si está en Cataluña que mire a ver si puede no ser necesario inscribirse -la GENCAT funciona muy bien-; si está en el País Vasco, que se inscriba como productor de inertes, que es un registro que yo no he entendido mucho nunca, por si hace alguna obra), RAEES, Reglamentos relacionados con los HCFCs y RITE por aparatos de aire acondicionado, que incluya:
- Reglamentación contra incendios: probablemente si es una oficina, al menos tendrá algún extintor y los Reglamentos establecen que su propietario debe hacer una revisión trimestral, además de las anuales y cada 5 años por mantenedor autorizado
- Aunque sea una oficina, sería muy bueno que justificara la autorización por parte del Ayuntamiento para utilizar la red de sanemiento. En Madrid, por ejemplo, la Ley 10/1993 establece una "identificación industrial" que es dar los datos administrativos y un dato del consumo de agua, se presenta en el Ayuntamiento y ya está, no tienen que contestar. En Barcelona, las ordenanzas remiten a la clasificación catalana de actividades y para las que son de oficinas (y otras más, agrupa las actividades por letras), dicen que los vertidos son asimilables a urbanos y no tienen que tener autorización. En Albacete, la ordenanza no se entiende mucho... Hay veces, que en el contrato de suministro viene implícita la autorización de vertido (en municipios pequeños) si no esta claro, hacer una carta al Ayuntamiento comunicando hola soy yo y utilizo su sistema de saneamiento, con registro de entrada y ya está. Y los auditores tan contentos.
- Dependiendo del Ayuntamiento, las ordenanzas municipales. Para oficinas de Madrid, la de uso eficiente del agua tiene un artículo sobre dispositivos de ahorro en el consumo de agua, que probablemente ningún auditor os exija que cumplais pero quedaría muy bien que lo tengáis identificado y que se ponga un "se tendrá en cuenta en la revisión por la dirección" como para que moleste un poco.
En cuanto a las actividades como mantenimientos de edificio de calefacción, limpieza, contra incencios, etc. la norma considera que son realizadas por personal externo en nombre de la organización, por lo que al menos le aplicaría el 4.2 (comunicación de la política) y entre el de formación (creo que 4.4.5) y el 4.4.6 (control operacional), la comunicación de los requisitos aplicables: Para los señores de la limpieza que no usen pronto ni ambientadores (aerosoles), que enjuaguen tres veces los envases de productos de limpieza que contienen sustancias peligrosas (para que el envase no lo sea) y que segreguen bien los residuos. Para el resto (mantenedores) que los residuos que generen los gestionen adecuadamente y que se los lleven.
Espero que te sirva.
Un saludo y que no se desanimen.
adondevamos;8355 wrote: Además de lo que habéis dicho: Residuos (en Madrid, según criterios publicados en la web de la comunidad de Madrid, los toner que no se entreguen para reutilizarlos son RPs; que solicite una inscripción como pequeño productor de residuos peligrosos que incluya fluorescentes, toner, envases contaminados, absorbentes contaminados y raees); si está en Cataluña que mire a ver si puede no ser necesario inscribirse -la GENCAT funciona muy bien-; si está en el País Vasco, que se inscriba como productor de inertes, que es un registro que yo no he entendido mucho nunca, por si hace alguna obra), RAEES, Reglamentos relacionados con los HCFCs y RITE por aparatos de aire acondicionado, que incluya:
- Reglamentación contra incendios: probablemente si es una oficina, al menos tendrá algún extintor y los Reglamentos establecen que su propietario debe hacer una revisión trimestral, además de las anuales y cada 5 años por mantenedor autorizado
- Aunque sea una oficina, sería muy bueno que justificara la autorización por parte del Ayuntamiento para utilizar la red de sanemiento. En Madrid, por ejemplo, la Ley 10/1993 establece una "identificación industrial" que es dar los datos administrativos y un dato del consumo de agua, se presenta en el Ayuntamiento y ya está, no tienen que contestar. En Barcelona, las ordenanzas remiten a la clasificación catalana de actividades y para las que son de oficinas (y otras más, agrupa las actividades por letras), dicen que los vertidos son asimilables a urbanos y no tienen que tener autorización. En Albacete, la ordenanza no se entiende mucho... Hay veces, que en el contrato de suministro viene implícita la autorización de vertido (en municipios pequeños) si no esta claro, hacer una carta al Ayuntamiento comunicando hola soy yo y utilizo su sistema de saneamiento, con registro de entrada y ya está. Y los auditores tan contentos.
- Dependiendo del Ayuntamiento, las ordenanzas municipales. Para oficinas de Madrid, la de uso eficiente del agua tiene un artículo sobre dispositivos de ahorro en el consumo de agua, que probablemente ningún auditor os exija que cumplais pero quedaría muy bien que lo tengáis identificado y que se ponga un "se tendrá en cuenta en la revisión por la dirección" como para que moleste un poco.En cuanto a las actividades como mantenimientos de edificio de calefacción, limpieza, contra incencios, etc. la norma considera que son realizadas por personal externo en nombre de la organización, por lo que al menos le aplicaría el 4.2 (comunicación de la política) y entre el de formación (creo que 4.4.5) y el 4.4.6 (control operacional), la comunicación de los requisitos aplicables: Para los señores de la limpieza que no usen pronto ni ambientadores (aerosoles), que enjuaguen tres veces los envases de productos de limpieza que contienen sustancias peligrosas (para que el envase no lo sea) y que segreguen bien los residuos. Para el resto (mantenedores) que los residuos que generen los gestionen adecuadamente y que se los lleven.
Espero que te sirva.
Un saludo y que no se desanimen.
Muchísimas gracias por tanta información. Se lo traslado tal cual, estoy seguro de que le será muy útil.
Un saludo!
Para Sacarino:
Mira yo le diría a tu amigo que no se preocupe, que si hay algo que no ha contemplado y debería haberlo hecho, ya se lo va a decir el Auditor... Si es que es la primera vez que implanta, que no tenga miedo que nadie empieza sabiendo, poco a poco...
Bueno, no especificas que tipo de actividad desarrolla la empresa, pero, como dices que el alcance del sistema es solo la gestión administrativa, voy a obviar que tenga que considerar otro tipo de impactos...
Si mal no recuerdo, los aspectos mas importantes de iso 14001 son:
consumos: (agua, electricidad...)que los estimas a partir de facturas y demás y se proponen medidas para minimizarlos.
evaluación de impacto de actividades: en el caso que describes, me da la sensación de que el impacto mas influyente será la generación de resíduos, y por tanto tendrá que organizar la adecuada gestión de los mismos, para papel y cartón, envases y pilas, depositarlo en contenedores adecuados para su reciclaje. Para toners, justificar que se entregan a gestores autorizados (vamos, que los devuelvas al suministrador), para restos orgánicos, pues que lo deposite en contenedores para su adecuada recogida...
gestión de emergencias: en relación a esto le diría que tuviera en cuenta aspectos relacionados con Prevención de Riesgos Laborales ya que, si bien ISO 14001 aún no contempla tales aspectos, parece ser que en un futuro si lo hará (de cara a la integración de sistemas de calidad, medio ambiente y prevención de riesgos laborales) y por tanto al auditor le va a "gustar" que se tengan en cuenta (y a tu amigo le interesa, claro). Si yo fuese tu amigo me aseguraría que la empresa tiene al día la evaluación de riesgos del centro de trabajo, y que ésta se haga por cada puesto. También le pediría al servicio de prevención que me proporcionara un "plan de emergencia y evacuación del edificio", esto es un documento sencillo, que no se asuste, que eso lo hacen los servicios de prevención todos los días... El plan de emergencia no es mas que un documento en donde se organice al personal de la oficina, para que cada cual sepa que ha de hacer en caso de emergencia. también incluye planos de evacuación del edificio, planos de ubicación de extintores, teléfonos de interés, etc...este documento será muy sencillo si no hay mucho personal trabajando en el centro en cuestíon, pero es recomendable tenerlo. Aclarar que hay que considerar cualquier emergencia, ya sea fuego, inundación, robo, riesgo de intoxicación (por ejemplo, las limpiadoras, que usan productos químicos)... yo que sé, cualquier riesgo que pueda haber en ese centro de trabajo en cuestión...
yo creo que si tiene en cuenta esto, y además tiene establecidos procedimientos documentados, basados en los requisitos de la norma ISO 14001, ya cumple con lo fundamental.
AFRICAAAA: http://www.youtube.com/watch?v=zL7V_SgP_oA
Para Sacarino:
Mira yo le diría a tu amigo que no se preocupe, que si hay algo que no ha contemplado y debería haberlo hecho, ya se lo va a decir el Auditor... Si es que es la primera vez que implanta, que no tenga miedo que nadie empieza sabiendo, poco a poco...
Bueno, no especificas que tipo de actividad desarrolla la empresa, pero, como dices que el alcance del sistema es solo la gestión administrativa, voy a obviar que tenga que considerar otro tipo de impactos...
Si mal no recuerdo, los aspectos mas importantes de iso 14001 son:
evaluación de impacto de actividades: en el caso que describes, me da la sensación de que el impacto mas influyente será la generación de resíduos, y por tanto tendrá que organizar la adecuada gestión de los mismos, para papel y cartón, envases y pilas, depositarlo en contenedores adecuados para su reciclaje. Para toners, justificar que se entregan a gestores autorizados (vamos, que los devuelvas al suministrador), para restos orgánicos, pues que lo deposite en contenedores para su adecuada recogida...
gestión de emergencias: en relación a esto le diría que tuviera en cuenta aspectos relacionados con Prevención de Riesgos Laborales ya que, si bien ISO 14001 aún no contempla tales aspectos, parece ser que en un futuro si lo hará (de cara a la integración de sistemas de calidad, medio ambiente y prevención de riesgos laborales) y por tanto al auditor le va a "gustar" que se tengan en cuenta (y a tu amigo le interesa, claro). Si yo fuese tu amigo me aseguraría que la empresa tiene al día la evaluación de riesgos del centro de trabajo, y que ésta se haga por cada puesto. También le pediría al servicio de prevención que me proporcionara un "plan de emergencia y evacuación del edificio", esto es un documento sencillo, que no se asuste, que eso lo hacen los servicios de prevención todos los días... El plan de emergencia no es mas que un documento en donde se organice al personal de la oficina, para que cada cual sepa que ha de hacer en caso de emergencia. también incluye planos de evacuación del edificio, planos de ubicación de extintores, teléfonos de interés, etc...este documento será muy sencillo si no hay mucho personal trabajando en el centro en cuestíon, pero es recomendable tenerlo. Aclarar que hay que considerar cualquier emergencia, ya sea fuego, inundación, robo... yo que sé, cualquier riesgo que pueda haber en ese centro de trabajo en cuestión...
yo creo que si tiene en cuenta lo dicho aqui, y además tiene establecidos procedimientos documentados, basados en los requisitos de la norma ISO 14001, ya cumple con lo fundamental.
AFRICAAAA: http://www.youtube.com/watch?v=zL7V_SgP_oA
