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Inspección Sorpresa

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(@ambientologo79)
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New Member
 

Jorge, te escribi antes (como usuario no registrado).
Simplemente comentarte que, tal y como te decía en el post, mi empresa recibio esta visita hace aprox. un mes.
Hicieron hincapié en el tema de residuos (pequeño productor), emisiones atmosféricas y informe preliminar de suelos.
Si te interesa poner en común la documentación que envié, te dejo mi email:
ambientologo79@hotmail.com
Un saludo


 
Respondido : 15/06/2010 5:38 pm
(@Crocidura_russula)
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Estimable Member
 

El IPS(S) - Informe Preliminar de Situación (del Suelo) creo recordar que se debía haber presentado en un plazo máximo de 2 años de la entrada en vigor del RD9/2005 de suelos. Su obligatoriedad no está ligada a ser pequeño o gran productor de residuos, si no a lo que se indica en sus diversos apartados y anexos (actividades según CNAES, depósitos enterrados de más de 50.000lt. Y consumo anual mayor de 300.000 lt., más de 10 tn/año de una o varias sustancias del RD 363/1995 de sustancias nuevas/peligrosas).

Es más, recuerdo que entre enero y ¿marzo? de 2007 (por ahí se cumplieron los 2 años) hicimos una porrada de IPS(S). Como siempre, todos en el último momento y con urgencia...

Para nuevas actividades, depende de la comunidad: aquí (en el Pais Vasco) lo están pidiendo junto con la documentación de licencia de actividad (lo cual no tiene mucho sentido ya que sobre todo se trata de identificar riesgos de afecciones al suelo por actividades-en-activo), etc, mientras que en otras comunidades, al parecer mantienen el plazo de "decalaje" de 2 años a partir de la implantación de la actividad, lo cual tiene más sentido, porque entonces si se puede ver como se desarrolla la actividad REALMENTE: procesos, materias, residuos, almacenamientos, medidas de protección...

Recuerda que el IPS(S) es pura consultoría y puede realizarlo la misma empresa (aunque muchas veces se subcontrata a consultores), no implica sondeos mecánicos, calicatas, muestreos de suelos y/o aguas subterráneas, etc.

Y dependiendo de la evaluación que del informe haga el órgano ambiental competente de turno (consejería de MA u órgano técnico como Ihobe/Egmasa/Namainsa...), puede que si que pidan entrar en muestreos. Según tengo entendido por Galicia les ha dado por requerir la instalación de redes piezométricas. Por aquí, hace poco que se han terminado de evaluar los IPS(S), a ver por donde salen los tiros...


 
Respondido : 15/06/2010 10:06 pm
(@Pulitaroxxx)
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Honorable Member
 

La declaración anual de residuos peligrosos sólo la tienen que hacer los grandes productores (hablo de la Comunidad de Madrid) los pequeños están exentos.


www.envirall.es
Consultoría ambiental estratégica
(Antiguo usuario: Ehlanna)

 
Respondido : 16/06/2010 3:32 pm
(@emilio_luján)
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Reputable Member
 

¿Os aplica las tres cosas y no las tenéis hechas y estáis certificados?


emiliolujan [arroba] ambientologo [punto] com
www.emiliolujan.ambientologo.com

 
Respondido : 16/06/2010 4:34 pm
(@adondevamos)
Respuestas: 329
Reputable Member
 

Jorge, si estás en Madrid y eres pequeño productor de residuos peligrosos mírate:
- Licencia de actividad y funcionamiento para el establecimiento.
- Residuos: Inscripción con todos los residuos que produces. Los documentos de aceptación para cada tipo de residuo. La declaración no hace falta si eres pequeño. el Plan de minimización de residuos peligrosos, si los residuos se producen como consecuencia de actividades que NO sean de mantenimiento; si sólo son de mantenimiento, no hace falta.
- Vertidos: dependiendo de vuestro CNAE y del caudal consumido (según lo que establece la Ley 10/1993), autorización de vertido o presentar en tu AYUNTAMIENTO la identificación industrial según el modelo establecido por el Decreto 40/1993, creo que es
- Suelos: haber presentado el informe preliminar de suelos si estás dentro de las actividades del RD 9/2005
- Emisiones: si tienes alguna caldera de proceso, cabina de pintura, secadero, etc. Acta de Inspección reglamentaria por OCA
- Si pintas y consumes disolventes o productos en base disolvente, mírate la directiva de COVs.
- Si tienes torres de refrigeración, su inscripción y mantenimiento, aunque eso lo suele mirar sanidad y no medio ambiente.
- Revisiones anuales y trimestrales de los sistemas de protección contra incendios. Podrían pedirte una inspección de la instalación por una ENICRE

Así de repente, esto es lo más importante. Y si no tenías esto claro, cambia de certificadora.


 
Respondido : 16/06/2010 8:17 pm
(@Jorge_ambientologo)
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Trusted Member
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Muchas gracias a todos!!!, me queda una horita para empezar la Inspección y creo que ya tengo todo controlado.

Cuando termine, os cuento como me ha ido.


 
Respondido : 17/06/2010 9:15 am
(@Jorge_ambientologo)
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Trusted Member
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Buenas a todos de nuevo!!

En primer lugar, quiero agradeceros vuestra colaboración en esta historia.

El resultado es el siguiente: A pesar de lo desastroso que está todo en esta empresa, hemos conseguido no tener ninguna sanción.

- El informe preliminar de suelos no nos aplicaba por nuestro CNAE.

- La declaración de RP`s sólo aplica a los grandes productores de residuos.

Asique en definitiva, es un buen resultado para la empresa ya que ha servido para poner a punto todo, ahora a ver lo que dura y la verdad esq es una pena que las empresas esten jugando tan al límite con estos asuntos....

Gracias de nuevo!!!!


 
Respondido : 20/06/2010 6:35 pm
(@Carlos)
Respuestas: 2098
Miembro Moderator
 

Bueno, enhorabuena, y a ver si sirve de revulsivo para que haya un mayor compromiso.


http://www.tecnicoambiental.com

 
Respondido : 20/06/2010 10:46 pm
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