Hemos recibido la siguiente pregunta:
Estoy llevando todo el tema relacionado con la próxima auditoría externa de revisión de la certificación 14001 de gestión ambiental, y tengo algunas dudas referentes a temas de residuos , actualmente se están realizando obras en la empresa y según me comentan aquí la empresa constructora solo tiene el documento de aceptación por parte del vertedero que les permite depositar dichos residuos, sería suficiente? O necesito mas documentación?
Por otro lado la empresa tiene un plan de minimización de residuos….en el que se reflejan una serie de residuos, cuando este plan se hizo en las instalaciones estaba ubicada una vía de prototipos en la que se fabricaba el zapato (las muestras) y por lo tanto se generaban una serie de residuos…actualmente esa vía se ha trasladado e integrado en una fábrica de calzado donde se realiza una producción además de las muestras, este cambio altera el plan inicial, habría que modificarlo?
¿Alguien puede ayudar?
Harían falta algunos datos mas. ¿De qué residuo se trata? ¿En qué comunidad autónoma?. Intento contestar con los datos que tengo:
A lo primero:
En principio, si se trata de un RP (cosa que me extraña si el destino es un vertedero), con cumplir los requisitos documentales (doc. aceptación, notificación previa, Documento de control y seguimiento) es suficiente. No está de más asegurarse (en la web de la Comunidad Autónoma) que el gestor en cuestión está convenientemente autorizado para la operación a realizar con ese residuo concreto.
Si se trata de un RNP, no es necesario todo este trámite documental aunque es cierto que algunas comunidades amplian los requisitos de RP a RNP.
A lo segundo:
Los cambios deberían contemplarse a la hora de presentar el siguiente plan (a los 4 años) no siendo necesario habitualmente (aunque puede depender de cada Comunidad Autónoma) la presentación de un nuevo Plan antes de esos 4 años. Si suele ser habitual que las autorizaciones de producción de RP (o inscripciones en registro como pequeño productor) establezcan en sus condicionantes que se comunique a la administración variaciones en los residuos producidos o en las cantidades generadas.
Un saludo
Gracias,
Ya he avisado a la chica para que lea tu respuesta.
Antonio Guerrero;20311 wrote: Hemos recibido la siguiente pregunta:
¿Alguien puede ayudar?
En primer lugar: Discreto te ha informado muy bien.
Existe legislación especifica pra los RCD's, estén o no contaminados. Dependiendo de la CCAA y en general, para la auditoría es importante:
1.- Que tengas actualizada la autorización que otorga la Administración al gestor de residuos (detallan los residuos que pueden retirar, los vehículos autorizados, etc.).
2.- Disponer del documento de aceptación por parte del gestor (revisa bien si el Cód. LER que pone y el nombre de residuos estan incluidos en el listado europeo
3.- Disponer de la notificación previa del traslado del residuo.
4.- Disponer del DCS (revisa bien el Cód. LER y la matrícula del vehículo que te lo retira y comprueba en la autorización del gestor que está autorizado el vehículo que marca el DCS)
5.- Disponer de un libro de registro de residuos generados
6.- Si el residuo que vas a retirar está contaminado, necesitas tener la inscripción en el registro de productor de RP en donde aparezca aceptado el residuo de RCD peligroso, o en su caso la exención por escrito por ser únicamente poseedor, pero igualmente necesitas todos los datos de los apartados anteriores.
RECUERDA, disponer de todas las zonas de acopio y los contenedores, etc, con la señalización adecuada: zona de acopios, almacén de residuos, y señalizar cada residuo con su código ler y el nombe del residuo específico.
En segundo lugar: De nuevo comentar que Discreto te ha informado bien. Lo que no sé es si el Plan de Minimización lo tenéis pendiente de presentar. En ese caso, ante la auditoría es conveniente tener disponible el documento actualizado o en fase de revisión (aunque no se haya presentado), para que vean que se está trabajando en el tema, y que no es algo sin control (ésto suele evitar muchas NC, en cualquier tipo de documentación del sistema).
Un saludo.
Buenos días,
para cerrar el tema de los " residuos de escombros", aparte de lo que ya te han comentado, lo que debes es firmar un documento con la empresa constructora, en la que especifiques que "la subcontrata xxx se hace responsable de la gestión de los residuos generados en las instalaciones como consecuencia de la realización de estas obras" y que te presente la autorización de gestor( si construye y genera residuos de escombros la tiene) o algo similar, y los registros de entrada a vertedero, firmado por ambos.
En cuanto al estudio de minimización, anualmente deberías de realizar un estudio de seguimiento del plan de minimización( no más de 2 folios) y reflejas ahí lo que quieras.
Un saludo,
horravan
