Hola.Ante todo es la primera vez que trabajo con la ley GICA y ando un poco perdido. Tengo que hacer unos estudios Ambientales dentro de una licitación (concurso de obra a la cual se va a presentar mi empresa).
El caso es que el Cliente me pide unos estudios ambientales que debe cumplir la ley GICA. Textualmente dice: la aplicación de la normativa dará lugar a una serie de trámites y estudios cuyas conclusiones determinarán la forma en que se debe desarrollar la obra, y quedarán recogidos en el documento.
Me he mirado la ley GICA y es como una ley que unifica todo, pero lo que no entiendo muy bien lo que me está pidiendo: ¿proponer medidas ambientales minimizadoras de impacto de atmósfera, suelos, etc de los que habla la ley? ¿a qué se refiere con "una serie de trámites y estudios?
Se trata de un proyecto de una planta de residuos.
Si alguien me pudiera por lo menos orientar un poco, le estaría muy agradecido.
Hola, tendrías que buscar en el anexo I de la ley que tipo de instrumento hay que utilizar para ese tipo de proyecto, puede ser autorización ambiental integrada, autorización ambiental unificada, etc. Cada tipo de autorización o intrumento lleva un trámite y una documentación propia.
Todavia siguen vigentes los vigentes los antiugos reglamentos para desarrollar los EsIA, ya que la GICA no lo hace; en los anexos de la GICA se especifican los apartados que deben cumplir los EsIA (dependiendo de si son para AAI, AAU, Ordenacion Territorio...) pero de manera muy laxa, poco profunda...es solo un guión
