Buenas noches, estoy haciendo un master y tengo que resolver una cuestión que no logró llegar a ella.
En qué se diferencia la EIA de una Revisión Ambiental Inicial?
Si me lo podéis explicar detalladamente os lo agradecería..
Ah otra cosita es lo mismo revisión ambiental inicial que auditoría medioambiental?Qué jaleo
Muchas gracias
la revisión ambiental inicial es la primera fase de implantación de un sistema de gestión medio ambiental. un EsIA es un estudio completo de incidencias de una actividad sobre el medio, valoración de alternativas, formas de evitar impactos, minimizarlos y en el peor de los casos compensarlos
no es muy detallado, pero por ahí van los tiros. mas o menos
Una pequeña corrección: la EIA evalúa PROYECTOS, mientras que los SGMA (en los que se incluye la revisión ambiental inicial) evalúan actividades. Aparte, la EIA es un requisito legal en ciertos proyectos, mientras que los SGMA son voluntarios.
Buena pesca.
Perdonad, porque yo no sé mucho de esto, pero ¿previo al estudio de impacto ambiental (que luego va a información pública, etc.) no hay una evaluación ambiental previa? en base a datos bibliográficos, sin trabajo de campo y así... lo digo porque la EIA se hace sobre el proyecto y sus posibles alternativas, y para elaborar éste se debería tener en cuenta lo que ya se sabe, del tipo de las famosas zepas o las zonas de interés arqueológico no?
En las comunidades que conozco el documento previo se denomina Documento Ambiental, es un pequeño resumen del proyecto y del entorno donde se situará la actividad. Vamos muy poca cosa 20-30 paginas, lo suficiente para hacerse una idea.
adondevamos;8728 wrote: Perdonad, porque yo no sé mucho de esto, pero ¿previo al estudio de impacto ambiental (que luego va a información pública, etc.) no hay una evaluación ambiental previa? en base a datos bibliográficos, sin trabajo de campo y así... lo digo porque la EIA se hace sobre el proyecto y sus posibles alternativas, y para elaborar éste se debería tener en cuenta lo que ya se sabe, del tipo de las famosas zepas o las zonas de interés arqueológico no?
Yo a veces he realizado algo similar para el cliente porque a él le interesa saber cómo enfocar su proyecto o plan teniendo en cuenta desde el principio qué son y dónde están los valores ambientales más valiosos y cómo minimizar las afecciones al medio ambiente.
Pero como documento oficial en el proceso creo que no es necesario.
Documento Inicial, Memoria Resumen, Memoria Comprensiva... En función de la Comunidad Autónoma...
Bienvenidos a la grandiosa diversidad legislativa del Estado Español 😉
"El cambio climático constituye el mayor fracaso del mercado jamás visto en el mundo", Sir Nicholas Stern.
adigonza;8564 wrote: Buenas noches, estoy haciendo un master y tengo que resolver una cuestión que no logró llegar a ella.
En qué se diferencia la EIA de una Revisión Ambiental Inicial?
Si me lo podéis explicar detalladamente os lo agradecería..Ah otra cosita es lo mismo revisión ambiental inicial que auditoría medioambiental?Qué jaleo
Muchas gracias
Supongo que lo tengas claro, pero por si acaso:
EsIA: es el estudio de impacto, documento que resume las carácterísticas del medio, del proyecto y sus interacciones.
EIA: es el procedimiento de impacto.
DIA: es el pronunciamiento administrativo al final del procedimiento ambiental.
"El cambio climático constituye el mayor fracaso del mercado jamás visto en el mundo", Sir Nicholas Stern.
adondevamos;8728 wrote: Perdonad, porque yo no sé mucho de esto, pero ¿previo al estudio de impacto ambiental (que luego va a información pública, etc.) no hay una evaluación ambiental previa? en base a datos bibliográficos, sin trabajo de campo y así... lo digo porque la EIA se hace sobre el proyecto y sus posibles alternativas, y para elaborar éste se debería tener en cuenta lo que ya se sabe, del tipo de las famosas zepas o las zonas de interés arqueológico no?
Como ya te han dicho no hay una evaluación ambiental previa, sólo el denominado "Documento Ambiental" o "Inicial" en el que apenas se apuntan las características generales del proyecto y del medio. Este documento no es evaluado, sino que sirve para hacer las consultas previas.
Hay algunos promotores que hacen su propia evaluación previa, sin pasar por el órgano ambiental. Por ejemplo, la DG de Carreteras o el ADIF tienen varias fases en los Estudios Informativos en las que se van evaluando de forma secuencial los condicionantes ambientales para la generación de corredores y, posteriormente, alternativas.
En todo caso, como punto de partida, y antes de seguir preguntando, te recomendaría que revisaras el RDL 1/2008.
Buena pesca.
