Buenas tardes a tod@s!!!
Estoy con la materia 10 del triple master de imf-Universidad san Pablo ceu.
Y para unode los examenes tengo que aprenderme el Reglamento EMAS...Estoy buscando diferencias entre EMAS y la ISO 14001:2004.
¿Qué destacaríais como importante en EMAS?
¿Diferencias entre iso y emas?..yo ya tengo peo por si alguien me proporciona alguna más....
Muchas gracias!!!!:rolleyes:
Siendo prácticos me cogería la norma EMAS (que es descargable en cualquier sitio al estar publicada oficialmente, no como la ISO 14001) y en las últimas páginas me miraría su tabla comparativa en la que ves los requisitos de la iso y te dice lo que, además, tiene la EMAS.
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Consultoría ambiental estratégica
(Antiguo usuario: Ehlanna)
eso ya lo había hecho......simplemente era para ver si salía algo interesante de todo esto, puesto que seguramente salga en el examen y ver si a parte de lo que yo había encontrado podía sacar algo más...
Hola Anita.
Esto no te lo contesto en privado, pues creo de interés despejar algunos mitos sobre diferencias entre ISO 14001 y EMAS.
En realidad, y para simplificar el Reglamento EMAS incluye todos los requisitos de ISO 14001, más:
- La necesidad de realizar una evaluación ambiental inicial (análisis ambiental), cuyos puntos vienen bien explicados en el reglamento. Esta evaluación no es obligatoria para ISO 14001, aunque sí es importante para todo consultor hacer siempre un diagnóstico inicial, para tener las cosas bastante claras desde los inicios de una implantación.
- La necesidad de realizar una "Declaración ambiental". Es un documento para poner a disposición del público, y es fácil obtener ejemplos de cualquier empresa ya verificada por el EMAS. Este documento se debe ir renovando cada año, según los contenidos que indica el reglamento. La última versión del EMAS, te marcaba bastante la pauta a la hora de definir indicadores, lo que no quita que además expongas otros indicadores que tú consideres de interés.
En cuanto a terminología del proceso de certificación, se habla de "certificación" en el lenguaje ISO 14001, y para lo mismo se habla de "verificación" en el lenguaje EMAS. Al hecho de que te comprueben la veracidad de la información de la "Declaración mediambiental" se le llama "validación".
Básicamente estas son las diferencias, y lo que hace que sea un poco más trabajosa la implantación según EMAS que según ISO 14001. Ahora bien, de ahí a escuchar algunas afirmaciones de vez en cuando como:
- "En EMAS estás obligado a cumplir la legislación, mientras que en ISO 14001 sólo a tenerla identificada" Esto es FALSO, en ambos modelos se está obligado a cumplir con los requisitos legales.
- "En EMAS la implicación de los trabajadores debe ser mayor" Esto podría interpretarse más o menos así en versiones anteriores de ISO 14001 y EMAS (en los noventa), que estaban más distanciadas, pero hoy en día en ambos modelos la organización debe trabajar por la implicación de los trabajadores.
En fin, durante muchos años muchas consultoras y certificadoras (entre las que también se han acreditado como verificadoras) han especulado sobre las grandísimas diferencias entre ISO 14001 y EMAS, como excusa para incrementar exageradamente los precios para implantación EMAS. Me gustaría dejar constancia en este foro.
Y por cierto Anita, para cualquier otra duda, ya sabes. Nosotros ahora hemos abierto una línea de cursos a precio especial para desempleados y autónomos.
Consultor;25958 wrote: "En EMAS estás obligado a cumplir la legislación, mientras que en ISO 14001 sólo a tenerla identificada" Esto es FALSO, en ambos modelos se está obligado a cumplir con los requisitos legales..
¿y en que apartado de la ISO 14001 pone eso, exáctamente? porque hasta donde yo sé lo único que se dice al respecto está en el 4.2. que obliga a incluir en la política de la organización el compromiso de cumplir con los requisitos legales, lo que no es igual que decir "debe cumplir con la legislación aplicable". No sé qué opináis.
Y aparte de tecnicismos, en la práctica lo que ocurre es que con una licencia de actividad solicitada (en trámite) puedes tener una 14001 pero un EMAS, en general, no.
Buenas.
El tema de requisitos legales en la ISO 14001 lo tienes en el punto 4.3.2 y en el 4.5.2.
Con relación a lo de superar una auditoría sólo con una solicitud de licencia ambiental, que todavía no ha sido resuelta por la administración, es cierto que en la práctica de las certificadoras que he conocido suele admitirse cuando es lo único que falta para que una empresa acance su certificación. Ahora bien, cuando ya se ve que todo lo demás está conforme a legislación (la empresa apunta maneras), y en cuanto a licencia ambietal sólo están a falta de una respuesta administrativa (un papel).
Este "voto de confianza", que es cierto que se dan casos, sólo debería mantenerse hasta la primera auditoría de seguimiento.
Bajo mi punto de vista, sobre este tema se debería seguir el mismo criterio en ISO 14001 o en EMAS.
Ahora bien, las empresas con EMAS, además del trámite con el verificador ambiental, deben inscribirse en el registro de la autoridad ambiental competente, y si resulta que la licencia ambiental depende de este mismo organismo, tiene sentido que no concedan lo uno sin lo otro.
También es cierto que yo me dedico a consultoría orientada a mejora de la organización y resultados de la empresa, y lo del sello siempre le digo al cliente que es una consecuencia voluntaria de hacer las cosas bien. Por eso, si alguien nos viene pidiendo una ISO 14001 porque alguien le ha dicho que puede dejar de cumplir algún requisito legal... con ese planteamiento orientado a sello mejor lo dejamos antes de empezar. Ya han hecho bastante daño durante estos años los tandem de consultoría-certificación.
Consultor;26024 wrote: Buenas.
El tema de requisitos legales en la ISO 14001 lo tienes en el punto 4.3.2 y en el 4.5.2.
Con relación a lo de superar una auditoría sólo con una solicitud de licencia ambiental, que todavía no ha sido resuelta por la administración, es cierto que en la práctica de las certificadoras que he conocido suele admitirse cuando es lo único que falta para que una empresa acance su certificación. Ahora bien, cuando ya se ve que todo lo demás está conforme a legislación (la empresa apunta maneras), y en cuanto a licencia ambietal sólo están a falta de una respuesta administrativa (un papel).
Este "voto de confianza", que es cierto que se dan casos, sólo debería mantenerse hasta la primera auditoría de seguimiento.
Bajo mi punto de vista, sobre este tema se debería seguir el mismo criterio en ISO 14001 o en EMAS.
Ahora bien, las empresas con EMAS, además del trámite con el verificador ambiental, deben inscribirse en el registro de la autoridad ambiental competente, y si resulta que la licencia ambiental depende de este mismo organismo, tiene sentido que no concedan lo uno sin lo otro.
También es cierto que yo me dedico a consultoría orientada a mejora de la organización y resultados de la empresa, y lo del sello siempre le digo al cliente que es una consecuencia voluntaria de hacer las cosas bien. Por eso, si alguien nos viene pidiendo una ISO 14001 porque alguien le ha dicho que puede dejar de cumplir algún requisito legal... con ese planteamiento orientado a sello mejor lo dejamos antes de empezar. Ya han hecho bastante daño durante estos años los tandem de consultoría-certificación.
¿y qué se puede hacer cuándo el organo ambiental responsable de la adjudicación de autorizaciones y licencias se retrasa indefinidamete en su emisión? Conozco un caso concreto de una organización en la que interesa la obtención del registro EMAS porque determinadas normas les permiten subir los umbrales de tolerancia para ciertos aspectos con respecto a iso 14001. Sin embargo no la pueden obtener porque la administración lleva un retraso de varios años en la adjudicación de una autorización.
En mi caso ocurrió similar con otro proceso que se tardó tres años en resolver. Me parece un poco frustrante sinceramente...
Sacarino;26032 wrote: ¿y qué se puede hacer cuándo el organo ambiental responsable de la adjudicación de autorizaciones y licencias se retrasa indefinidamete en su emisión?
Pues te tienes que aguantar. A menos que sea una oficina, osea, actividad "inocua" total, ninguna certificadora te va a dar EMAS si no tienes licencia, inscripción/autorización como productor de residuos, vertidos, autorización ambiental integrada, etc. Yo he tenido polémicas incluso porque empresas con certificado EMAS han comprado nuevas instalaciones y comenzado los trámites (en forma, plazo, etc.), es decir, de una forma correcta para 14001 y no les hemos dejado poner el nuevo centro en el alcance del EMAS hasta que lo han tenido todo.
Y Consultor, ni en el 4.3.2. ni en el 4.5.2. dice que haya que cumplir la legislación.
Hola.
Con relación a la interpretación de los puntos 4.3.2 y 4.5.3 de ISO 14001, como en cualquier otro punto de estas normas, cada uno debe asumir las consecuencias de cómo interpreta y aplica los requisitos. Te respeto Adondevamos, si tu interpretación ya te va bien, aunque no coincidamos.
Para mi es un tema que no admite discusión, aunque reconozco que el redactado de la norma podría ser más claro para no tener prestar tanta atención a los matices, que luego da lugar a estos debates. Aunque en estos puntos no dice textualmente "cumplir la legislación", en el 4.3.2 habla de "requisitos legales aplicables", y el propio 4.5.2 habla de "cumplimiento legal". Si uno se molesta en identificar los requisitos que le aplican y en evaluar que lo cumple... no será para después incumplirlo ¿no?
Pero bueno, más allá de detallitos de esta norma, si lo tomamos como una orientación de cara a la mejora organizativa en consultoría pura y dura, mi indicación a cualquier empresa siempre será conocer los requisitos legales que te apliquen, y por supuesto cumplirlos (sean de medio ambiente, riesgos laborales, del sector concreto, fiscales...).
Saludos.
