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Contaminación de las aguas en la comunidad de Madrid.

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(@Parracurta)
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Hola a todos.
Estoy finalizando un Máster Integral, y la pregunta de Auditoría de la parte de MA me lleva por la calle de la amargura.

La pregunta en cuestión trata de los valores de los vertidos de un restaurante de comida rápida.
Dicho restaurante se encuentra en la comunidad de Madrid.

Los datos del análisis del vertido son: Detergentes: 27mg/l; Sulfatos: 980 mg/l: Hidrocarburos: 3mg/l; Temperatura: 36ºC; Aceites y grasas: 110 mg/l.

Para poder resolver la pregunta y conocer si los valores de los vertidos son correctos, he consultado la Ley 5/2003, de residuos de la comunidad de Madrid, la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua de la comunidad de Madrid, de 31/05/2006, y el RD 140/2003 por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

Los únicos valores límite que he encontrado han sido los de DBO5, DQO, SS, Aceites y grasas y la temperatura.
Me faltarían encontrar los límites de detergentes, sulfatos e hidrocarburos.

Entiendo que los vertidos se tienen que considerar como domésticos.

Espero que me podáis echar un cable.

Un saludo.


 
Respondido : 20/05/2017 7:37 pm
(@Davidambiental)
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Hola. El analisis del agua residual esta para mi incompleto, ya que debe analizar parametros como DBO5, DQO, SS siendo estos mas comunes para decidir sobre la contaminacion de esas aguas. Otros parametros de menor importancia pero que son necesarios segun la legislacion que se mire.( tal como nitrogeno, fosforo, metales, bacterias, etc). Pero yo echo en falta DBO5 DQO y SS.
Espero haberte servido de ayuda.


 
Respondido : 21/05/2017 12:40 am
 rsll
(@rsll)
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Los vertidos (y sus valores límite) muchas veces dependen de las ordenanzas de ayuntamientos o mancomunidades.
Al menos en la comunidad en la que yo trabajo, desconozco si es así en Madrid.

También es verdad que en mi caso no hay valores límite sobre detergentes (sí sobre alguno de sus componentes como el boro), pero esto varía en cada lugar.


 
Respondido : 23/05/2017 1:42 pm
(@Davidambiental)
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Buenas échale un vistazo a la Ley 10/1993 de vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento de la Comunidad de Madrid y sus modificaciones, ahí te vienen los valores de vertido pero si el restaurante no consume unas cantidades establecidas de agua no necesitaría autorización de vertido al SIS.
Otra cosa que hay que mirar es si vierte lo que se denomina vertidos prohibidos..


 
Respondido : 23/05/2017 9:58 pm
(@Parracurta)
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rsll;55631 wrote: Los vertidos (y sus valores límite) muchas veces dependen de las ordenanzas de ayuntamientos o mancomunidades.
Al menos en la comunidad en la que yo trabajo, desconozco si es así en Madrid.

También es verdad que en mi caso no hay valores límite sobre detergentes (sí sobre alguno de sus componentes como el boro), pero esto varía en cada lugar.

Hola rsll.
Gracias por tu contestación.

Al final me tenía que dirigir al decreto 57/2005 por el que se revisan los anexos de la Ley 10/1993 sobre vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento.

Un saludo.


 
Respondido : 25/05/2017 6:47 am
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