Hola:
Os envío un enlace de la Comisión Nacional de la Competencia (Antiguo Tribunal de la Competencia)
http://www.cncompetencia.es/Inicio/Noticias/tabid/105/Default.aspx?Contentid=274469&Pag=1
Ante la actual posición de mercado de AENOR y especialmente, el papel de las administraciones públicas y la posición privilegiada de normalizador (por la que recibe 6 millones de euros) y certificador la CNC "obliga" a:
Primera. Separar jurídica, funcional y contablemente las actividades de normalización y certificación de la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR). El nombre AENOR debe quedar reservado únicamente al organismo nacional de normalización.
Segunda. Permitir que la certificación de los pliegos de condiciones de producto de las Denominaciones de Origen del Vino se realice por entidades de certificación en régimen de libre competencia.
Tercera. AENOR debe garantizar que la composición y el funcionamiento de los Comités Técnicos de Certificación se ajustan a los principios de imparcialidad e independencia.
Cuarta Las Administraciones Públicas que exijan certificados de calidad en sus pliegos de contratación pública deben aceptar la certificación emitida por cualquier entidad de certificación acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación. Dichos pliegos no debe mencionarse ninguna entidad de certificación concreta
Quinta. La negativa a reconocer certificados de otros organismos de certificación acreditados debe estar suficientemente justificada, con el fin de evitar que esta conducta pueda suponer una infracción de la Ley de Defensa de la Competencia.
En fin, AENOR ya ha contestado que opera "separadamente" pero todos tenemos ejemplos de lo contrario.
¿Tomará AENOR las "recomendaciones" de la CNC o se arriesgará a ser sancionado?
Saludos.
emiliolujan [arroba] ambientologo [punto] com
www.emiliolujan.ambientologo.com
Para "ejemplo de lo contrario" véase www.aenor.es. Donde te llevará cualquier buscador cuando te intereses por una norma y a cambio obtendrás información sobre certificación.
Lo que me ha sorprendido enormemente es la "comunión" de las cuentas, una de las recomendaciones es separarlas, ¿querrá decir eso que entre todos pagamos las campañas de publicidad de AENOR?
Qué pena que la CNC se haya olvidado de considerar qué tipo de competencia es la Cámara de Comercio de Madrid.
Un saludo.
No entiendo mucho pero seguro que se arriesga, y caso de ser sancionado lo que paguen lo ganan por otro lado 🙁
